El Supremo ratifica que no se pueden externalizar trabajos propios del personal del Aeropuerto de Parayas

Actualizado: jueves, 24 septiembre 2009 14:29

SANTANDER, 24 Sep. (EUROPA PRESS) - El Tribunal Supremo ha ratificado que AENA (Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea) no puede externalizar y encargar a empresas privadas trabajos propios de la plantilla del Aeropuerto de Parayas, salvo cuando se den "concretos motivos organizativos, productivos o económicos".

Y a su juicio, esas circunstancias no se daban cuando AENA decidió contratar a una empresa de ingeniería para la vigilancia y control de unas obras acometidas en las pistas del aeródromo cántabro.

De esta forma, la Sala de lo Social del Alto Tribunal desestima un recurso de AENA y ratifica una sentencia previa del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria que dio la razón al sindicato UGT y declaró que la externalización de esos servicios no se ajustaba a derecho.

El propio sindicato difundió hoy la sentencia del Supremo y recordó que ya advirtió en su momento a AENA de que no podía contratar a empresas privadas para acometer labores y trabajos que corresponden a la plantilla del Aeropuerto, "que tiene grandes profesionales para poder hacerlo".

En un comunicado, el secretario general de la sección sindical de UGT en AENA, Jacinto Lastra, recordó que el convenio colectivo de AENA estipula las ocupaciones y actividades profesionales de la plantilla propia del Aeropuerto de Parayas porque hace años "hubo un compromiso expreso de mantener el empleo en los aeropuertos españoles y por ello se desconvocó una huelga en marzo de 2004".

Entonces "se fijaron una serie de ocupaciones y actividades profesionales que no podían externalizarse, aunque a determinados responsables del Aeropuerto de Parayas parece que se les ha olvidado", lamentó.

El responsable de UGT en el Aeropuerto de Parayas critica que "no deja de ser paradójico y contradictorio que el sindicato tenga que recurrir a los tribunales para que AENA no contrate a empresas privadas para lo que puede hacer su propia plantilla, cuando por el otro lado se recorta el presupuesto y se deteriora el servicio de atención a los usuarios por la actual crisis económica".

Por último, insiste en que la sentencia del Tribunal Supremo aclara que, tal y como se estipula en el convenio colectivo de AENA, la única opción de externalizar determinados trabajos adscritos a las ocupaciones de la plantilla propia es por "concretos motivos organizativos, productivos o económicos".