Tribunales.- Sodercan deberá pagar 367.000 euros por una deuda de Greyco con una empresa que le suministraba hierro

Actualizado: viernes, 28 noviembre 2008 12:58

SANTANDER, 28 Nov. (EUROPA PRESS) -

La empresa pública Sodercan deberá asumir una deuda de Greyco por importe superior a 367.000 euros, reclamada por una compañía que suministraba lingotes de hierro a la factoría. La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Cantabria desestima así un recurso interpuesto por la empresa pública contra otra sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Santander, que ya concluyó en septiembre de 2007 que la deuda de Greyco debía ser asumida por Sodercan.

El problema radica en los compromisos que asumió la empresa pública cuando intervino en la planta corraliega para reconducir su situación económica.

En aquel momento, para salvar posibles reticencias de los proveedores a entregar los pedidos de material en vista de la situación de Greyco, Sodercan envió una carta a la empresa Tinfos Nizi Ibérica mostrando su disposición a "garantizar" el pago de los materiales solicitados.

En esa carta, de diciembre del año 2004, la empresa pública garantizaba los pedidos que fueran realizados por el consejero delegado que puso al frente de Greyco. Posteriormente, en febrero de 2005, Greyco se declaró en concurso público y Tinfos Nizi Ibérica quedó incluida en la lista de acreedores.

Sodercan alegaba dos cuestiones fundamentales para no pagar esa deuda. En primer lugar, sostenía que la compañía acreedora votó a favor del convenio aprobado en el proceso concursal, lo que le impediría ejercitar esta reclamación.

Pero además, aducía que los pedidos cuyo pago reclamaba la empresa no los realizó el consejero delegado designado por Sodercan, sino el jefe de compras, con lo cual no quedarían amparados en la carta en la que la empresa pública garantizaba el pago de los pedidos.

No obstante, en una sentencia fechada el pasado 7 de noviembre y conocida hoy, la Audiencia Provincial subraya que Tinfos afirma haber votado en contra del convenio concursal y Sodercan no ha demostrado que dicha empresa votara a favor, lo que legitima a Tinfos a reclamar la deuda.

Y respecto al responsable de los pedidos, la sentencia reconoce que los hizo el jefe de compras, pero recalca que fueron "supervisados" por el consejero delegado.

De hecho, señala que la función del consejero delegado "no era realizar las compras, sino controlar la gestión", y en esta línea, "daba el visto bueno a los pedidos que realizaba el jefe de compras". "De no haber considerado correctos los pedidos hubiese dado las órdenes oportunas para suspender los mismos", apostilla la Audiencia.

En consecuencia, confirma el fallo del Juzgado de Primera Instancia, de forma que Sodercan deberá pagar la deuda más los intereses generados, así como las costas causadas en el proceso judicial.