Tribunales.- Tres años y medio de internamiento para un menor marroquí que violó y robó a una mujer de 60 años

Actualizado: martes, 22 enero 2008 17:22

SANTANDER, 22 Ene. (EUROPA PRESS) -

La titular del Juzgado de Menores número 1 de Santander ha condenado a tres años y medio de internamiento en régimen cerrado a un menor de nacionalidad marroquí que violó y robó a una mujer de 60 años de edad a la que asaltó cuando ésta regresaba de madrugada a su domicilio en Santander.

La sentencia, hecha pública hoy, también impone el pago de una indemnización de 6.000 euros a la víctima, que deberá ser satisfecha con carácter solidario por el condenado y por el Gobierno de Cantabria bajo cuya tutela se encontraba el menor cuando cometió los delitos.

Según recoge el fallo, el suceso se produjo sobre las 3.15 horas del día 2 de julio del año pasado, cuando el menor, que se encontraba bajo la tutela del Gobierno cántabro, abordó, en la calle Cuesta del Hospital de Santander, a una mujer de 60 años de edad que regresaba a su domicilio.

La sentencia considera probado que el procesado se abalanzó sobre la víctima y le arrancó de un fuerte tirón una cadena de oro y dos collares que llevaba en el cuello, al tiempo que se apoderaba de un monedero con dinero.

Seguidamente, y agarrando a la mujer de los brazos, le dio un violento empujón y la tiró de espaldas sobre el capó de un vehículo estacionado en la zona donde, tras bajarle las bragas, la penetró analmente.

Después, el agresor intentó huir al personarse en el lugar una patrulla de la Policía Nacional que fue avisada por un vecino que vio lo ocurrido desde una ventana, y que tras su persecución, logró detener al menor, que se había introducido en un contenedor de basura, y recuperar las joyas y los efectos sustraídos.

Según la sentencia, el menor, que desde el 3 de julio de 2007 se haya sujeto a un régimen de internamiento cerrado como medida cautelar por estos hechos, y cuya tutela tenía asumida el Gobierno de Cantabria desde el 25 de octubre del año 2006, tiene una trayectoria de comportamientos agresivos en los centros de acogida en los que ha estado, y le constan varias medidas judiciales impuestas en anteriores expedientes.

TESTIMONIO VEROSÍMIL.

La magistrada considera al menor autor de un delito de violación, y de otro de robo con violencia en grado de tentativa, y llega a esta convicción principalmente por la declaración de la víctima cuyo testimonio es "perfectamente verosímil".

Al respecto, la juzgadora destaca que no existen motivos que pudieran inducir a dudar de la credibilidad de la víctima, ya que ella y el agresor no se conocían, y por contra, destaca las contradictorias declaraciones prestadas por el menor, quien, mientras en un primer momento negó su autoría sobre todos los hechos, después reconoció que robó a la mujer y que mantuvo relaciones sexuales consentidas, relatando que ella le ofreció dinero por ello.

Respecto a esta última aseveración, la de que la víctima habría ofrecido al procesado dinero a cambio de una relación sexual, la magistrada destaca la declaración de la víctima, quien, con una expresión "que pareció espontánea y sincera" dijo que "cómo le va ella a ofrecer a un niño que puede ser su bisnieto".

Además, la juzgadora alude en la sentencia a los testimonios de los agentes de la Policía que ayudaron a la víctima, y que narraron cómo ésta se encontraba muy nerviosa, llorando, y diciendo "me han robado, me han violado", y también destaca la declaración de la psicóloga de Cavas que informó de que había tratado a la mujer en cuatro ocasiones y que ésta presentaba un cuadro de estrés postraumático agudo, con la sintomatología típica de una agresión sexual.

Por todo ello, la magistrada impone al menor la medida de tres años y seis meses de internamiento en régimen cerrado en un centro de reforma, durante cuyo cumplimiento se le deberán proveer las condiciones educativas y de formación integral adecuadas para que pueda reorientar las deficiencias que han caracterizado su comportamiento antisocial.

La medida de internamiento constará de dos periodos: el primero, que se llevará a cabo en el centro correspondiente, de dos años y seis meses, y el segundo, durante el último año, en régimen de libertad vigilada.