Tribunales.- El TSJC niega a tres alumnos la suspensión cautelar de Educación para la Ciudadanía

Actualizado: jueves, 10 julio 2008 17:06

SANTANDER, 10 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha rechazado eximir a tres alumnos de las clases de Educación para la Ciudadanía de forma cautelar mientras se resuelven los recursos judiciales que han interpuesto sus padres para defender su derecho a la objeción.

La sala, en tres autos fechados en los días 8 y 9 de julio, rechaza la medida cautelar básicamente porque el curso ya ha finalizado. Pero también incide en que en algún caso, los afectados ni siquiera tendrán que cursar la asignatura el próximo curso.

Los padres de los alumnos habían reclamado como medida cautelar que sus hijos queden exentos de las clases de esta asignatura en tanto se resuelven sus recursos contra las resoluciones de la Consejería de Educación en las que les rechazaron la posibilidad de objetar.

Los progenitores alegaban que "está en juego el derecho fundamental a la libertad ideológica y de conciencia" y explican que si sus hijos se ven obligados a asistir a las clases mientras se resuelven los recursos "se consumaría una violación de la conciencia". En cambio, sostienen que la ausencia de sus hijos a esas clases no perjudica "en nada ni a los intereses generales, ni al sistema educativo ni al resto de escolares".

Frente a ello, la Consejería subraya que la objeción de conciencia de esos alumnos supondría "un perjuicio organizativo y económico a todos los niveles" de los centros escolares de dichos alumnos, que "afecta al interés general" y también a los propios estudiantes si finalmente no se les reconoce el derecho a objetar.

El TSJC, por su parte, lo que responde es que la petición no puede estimarse porque "las clases están suspendidas ya por el periodo de vacaciones estivales".

Las medidas cautelares habían sido solicitadas por los padres de un alumno de tercero de ESO del colegio La Salle, una alumna de primero de ESO del colegio Kostka y otra de tercero de Primaria del Colegio Peñalabra. En el caso de esta última, ni siquiera le corresponde cursar la asignatura de Educación para la Ciudadanía, que es obligatoria en quinto de Primaria, según explicó la Consejería al TSJC.