TSJC avala las obras de urbanización del parque empresarial del Alto Asón

Actualizado: miércoles, 11 marzo 2015 18:54

SANTANDER, 11 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha confirmado la legalidad de las obras de urbanización del parque empresarial del Alto Asón en la zona de policía de cauces de la margen izquierda del río Carranza, en Riancho, en el municipio de Ramales de la Victoria.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC ha desestimado el recurso de la asociación ecologista ARCA contra la resolución de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico (CHC) por la que se autorizó a la empresa pública SICAN (Suelo Industrial de Cantabria) a ejecutar el proyecto de urbanización del parque empresarial.

ARCA solicitó en diciembre de 2010 el derribo de lo "indebidamente construido" argumentando, entre otras cuestiones, que se habían incumplido las estimaciones de impacto ambiental.

Tanto la CHC, parte demandada, como SICAN y el Gobierno, en calidad de codemandadas, defendieron la legalidad de la actuación, el cumplimiento de toda la legislación sectorial, que el polígono no se desarrolla en zona inundable y que no había habido ninguna vulneración de las normas del plan hidrológico de cuenca.

En la sentencia, recogida por Europa Press, la Sala de lo Contencioso señala que la CHC no autoriza la ejecución de stas viales basándose en los informes aportados por SICAN, sino en virtud de los emitidos al efecto por sus propios técnicos.

Sobre las normas de evaluación de impacto ambiental que ARCA considera infringidas, la sentencia señala que la resolución de la CHC no infringe esas normas porque no autoriza ningún relleno. De hecho, añade, los viales se realizan siguiendo las pautas del plan de urbanización, que es donde se preveían los rellenos de los terrenos.

"Si esos rellenos se han realizado en atención a un documento urbanístico anterior no impugnado, no se puede, con posterioridad, aprovechar otra actuación física en los mismos terrenos, autorizada por otra resolución diferente y posterior, para denunciar los rellenos que infringen lo previsto en las citadas normas de evaluación ambiental", concluye la sentencia.