El TSJC decide la suspensión cautelar de las obras de una promoción de viviendas en Udías

Actualizado: miércoles, 1 abril 2009 21:06

Advierte de que el interés general "no puede confundirse con el de un particular, una constructora"

SANTANDER, 1 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha decidido la suspensión cautelar de las obras de construcción de una promoción de viviendas en el municipio de Udías, en los núcleos de Canales y La Hayuela, atendiendo una petición del Gobierno de Cantabria.

En concreto, la Sala de lo Contencioso-Administrativo acuerda la suspensión de la Delimitación Gráfica del Ayuntamiento que afecta a los núcleos de La Hayuela, Canales, El Llano y La Virgen, donde el Gobierno y la asociación ecologista Arca entendieron que el Ayuntamiento de Udías lo trataba como suelo urbano sin que reuniera las características para serlo realmente.

Esta sentencia, hecha pública hoy, es la respuesta a un recurso de la Administración cántabra contra un fallo previo del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Santander que rechazó la petición del Ejecutivo regional de adoptar estas medidas cautelares. El Gobierno reiteró esta reclamación para evitar que se consolidaran edificaciones que luego resultara difícil derruir.

La respuesta al recurso considera que la negativa inicial analiza los intereses de los afectados "de forma simplista", al invocar "sólo" los intereses de una constructora, "que no son generales", por lo que llega a advertir de que "el interés general no puede confundirse con el interés de un particular, una constructora, como lisa y llanamente afirma la resolución objeto de debate".

La Sala incide en que las construcciones ya se han iniciado, y considera que la resolución de este conflicto "se ha demorado más de lo que resulta previsible" en esta zona, lo que ha tenido como consecuencia que se hayan concedido licencias y comenzado obras en suelos con clasificación "discutida".

Además, se refiere al problema de las sentencias de derribo sin ejecutar en Cantabria, por lo que decide la adopción de medidas cautelares apelando al interés público y la salvaguarda de los derechos de terceros "de buena fe" afectados por posteriores sentencias "de muy difícil y costosa ejecución".

La sentencia admite que una Delimitación Gráfica no es un instrumento de planeamiento, sino que en realidad lo que hace es la plasmación documental del resultado de aplicar un criterio clasificatorio legal a una realidad física, pero se remite al interés público para recordar que tiene una vocación de generalidad.