El TSJC vuelve a fallar contra Marina de Laredo en el pleito con el Gobierno

Vista Puerto de Laredo y Atalaya
AYUNTAMIENTO DE LAREDO
Actualizado: martes, 4 febrero 2014 16:32

La sociedad recurrió la modificación del contrato al considerar "insuficientes" las medidas aprobadas para restablecer su equilibrio

SANTANDER, 4 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha vuelto a desestimar las pretensiones de la sociedad Marina de Laredo en su pleito contra el Gobierno de Cantabria por la modificación del contrato de concesión para la construcción y explotación del puerto deportivo de Laredo.

El TSJC condena de nuevo a Marina de Laredo al pago de las costas procesales tras desestimar su recurso contra la resolución de mayo de 2012 por la que se aprueba el reequilibrio económico del contrato a través de la ampliación del plazo de concesión, el aumento de un 15% de las tarifas y el de la superficie concesional y el número de atraques, "con exclusión expresa de la cuenta de compensación" autorizada por el Gobierno anterior.

La sociedad considera "insuficientes" las medidas aprobadas por el Ejecutivo para compensar el incremento de la inversión derivado de dos temporales asumidos como supuesto de fuerza mayor y de los modificados del proyecto. Con este nuevo recurso, Marina de Laredo buscaba un pronunciamiento judicial que condenara al Ejecutivo a autorizar un reequilibrio económico financiero del contrato "íntegro, y no meramente parcial", incluyendo "una cuenta de compensación u otro instrumento útil y de reequilibrio que permita la financiación de la concesión".

El fallo, recogido por Europa Press, se remite a las anteriores sentencias de la Sala de lo Contencioso-Administrativo sobre este asunto, dictadas en junio y julio de 2013, en las que se anulaba el acuerdo del anterior Gobierno que autorizaba la cuenta de compensación, por considerarlo "lesivo para el interés público", y se rechazó la resolución del contrato solicitada por Marina de Laredo, sociedad constituida por la UTE formada por FCC Construcción, ASCAN y Puntida.

En la primera sentencia, el TSJC señaló que la cuenta de compensación anulada suponía que la administración "garantiza y abona los descubiertos del servicio de la deuda de la concesionaria, garantizando prácticamente la totalidad del reembolso de la financiación externa, condona los intereses de las aportaciones en la cuenta de compensación durante los 15 primeros años de vigencia de la misma, y después convierte la restitución en un préstamo participativo con vigencia hasta la extinción de la concesión".

Ello supondría, una "alteración sustancial" del contrato, lo que implicaría a su vez la vulneración de los principios de igualdad y concurrencia.

La segunda sentencia concluye que con las medidas aprobadas por el Gobierno para restablecer el equilibrio económico del contrato tras los modificados del proyecto (incremento de la superficie concesional y número de amarres, las tarifas y del plazo concesional), "se cubrirían los mayores costes de la obra".

Se recuerda además que el pliego de condiciones establece taxativamente que el concesionario asumirá la financiación de la totalidad de las obras y que el Gobierno no avalará ningún tipo de operación de crédito.

Además del incremento de inversión que supusieron los modificados, la concesionaria solicitó el restablecimiento del equilibrio económico del contrato alegando el impacto de la crisis económica en el sector con la consiguiente dificultad de obtener financiación.

Sin embargo, el TSJC considera que la propia concesionaria asumió la pérdida de financiación con la que contaba inicialmente al vender sus acciones la sociedad participada en un 99,9% por Caja Cantabria, Puntida S.L., consintiendo que el socio capitalista abandonara el proyecto.

"MANIOBRA"

El TSJC entiende que aquélla "maniobra" colocó a Marina de Laredo "en situación clara de riesgo de financiación", "máxime cuando el incremento de inversión con los dos proyectos de modificado realizados a petición de la concesionaria, no impuestos por la Administración, se producen en plena crisis económica, consciente la recurrente de las dificultades de financiación que supondría este incremento de presupuesto (como indica el dictamen del Consejo de Estado sospechosamente cercano al 20%), agravando la situación en que unilateralmente se había colocado Marina de Laredo con la salida de Puntida S.L.".

Por todo ello, el TSJC considera que Marina de Laredo ha intentado trasladar a la Administración "el riesgo y ventura asumido, tratando de modificar los términos esenciales del contrato y la obligación de financiación, cuya posibilidad ella misma había justificado, de la que voluntariamente se había desprendido, y todo ello so pretexto de una mayor inversión parcialmente imputable a su propia conducta".

La Sala de lo Contencioso Administrativo concluye que el equilibrio económico del contrato "ya está restablecido holgadamente", y reitera que el riesgo financiero no corresponde a la administración.