La Asociación de Enfermos de Alzheimer de Ciudad Real tendrá que pagar más de 90.000 euros a la constructora del centro

Actualizado: lunes, 29 diciembre 2014 15:52

CIUDAD REAL, 29 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Ciudad Real ha condenado a la Asociación de Familiares de Enfermos de Alzheimer a pagar un total de 90.835 euros a la empresa Construcciones Moreno Fraile por las obras que realizó en el Centro de Respiro Alöis de la capital.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press y que según el abogado de la empresa, Vicente Martínez de Pablos, es "inapelable", estima parcialmente el recurso que la asociación planteó a una primera sentencia del Juzgado de Instrucción y Primera Instancia número 6 de Ciudad Real en la que se la condenaba a pagar 95.935 euros.

De esta forma, la Audiencia Provincial ha estimado parcialmente el recurso de la Asociación de Familiares de Enfermos de Alzheimer y reduce la cuantía a pagar a la empresa constructora en 5.100 euros, ya que considera que la factura de luz y agua (476,80 euros), el cerramiento de la valla (4.203,60) y la puesta tierra del edificio (420 euros) ya fueron abonados al comienzo de la obra o han de correr por parte de la empresa.

"La sentencia ya es firme y la ejecución ha comenzado puesto que el Centro de Respiro Aloïs Alzheimer, se encuentra embargado por el Juzgado de 1ª Instancia número 6 de Ciudad Real, por resolución de 13 de enero de 2014, pendiente de subasta judicial. Ahora el siguiente paso sería saber la deuda completa de la asociación, porque a la parte que impone la sentencia hay que sumar alrededor de 20.000 euros las costas de la ejecución, para sacar el centro a subasta", ha indicado Martínez de Pablos.

No obstante, el letrado ha asegurado a Europa Press que esperan que no sea necesario sacar a subasta el citado centro y que la Asociación de Familiares de Enfermos de Alzheimer abone su deuda "antes de llegar a esos extremos".

La sentencia pone fin a un litigio que se inicio en el año 2006, cuando, según la parte demandante, la asociación se negó a abonar el precio pactado a la constructora porque no estaba de acuerdo con las partidas que se le reclamaban, pero tanto la sentencia de Primera Instancia como la de la Audiencia Provincial analizan "profunda y detenidamente cada una de las partidas impugnadas, llegando a la conclusión del acierto de la reclamación".

"Una vez que estaba realizada, la propiedad dio orden a la Constructora de cambiar toda la distribución interior del Centro, lo que supuso una alteración de la tabiquería interior de varias plantas y parte de la fachada, cargaderos de ventanas y cercos de puertas, por lo que resulta condenada a pagar todas estas obras. Además el tribunal igualmente deniega a la asociación el que pretendiera deducir dos veces la entrega a cuenta de 20.000 euros", ha informado el abogado de la empresa.

Leer más acerca de: