Condenada una vecina de Argamasilla (Ciudad Real) por un delito continuado de falsedad en documento oficial

Europa Press Castilla-La Mancha
Actualizado: viernes, 17 julio 2009 18:50

CIUDAD REAL, 17 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Ciudad Real ha condenado a M.S.R.R. a seis meses de cárcel y a pagar 2.500 euros en concepto de multa, por un delito de "migración laboral fraudulenta".

Según se recoge en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, R.R. cometió un delito continuado de falsedad en documento oficial entre los años 1994 y 1995 en la localidad de Argamasilla de Alba, al utilizar datos de la Seguridad Social de varios clientes de la gestoría que regentaba en la gestión de permisos de trabajo.

Como hechos probados el texto reconoce que la acusada tramitó expedientes a cerca de doscientos inmigrantes de nacionalidad marroquí, dentro del contingente para la contratación de ciudadanos extranjeros en campañas agrícolas.

Al parecer, la acusada concertó en 1995 con numerosos ciudadanos de nacionalidad marroquí la tramitación de la documentación correspondiente a las solicitudes nominativas de permiso de trabajo, "con la finalidad de facilitar su regularización en España, sin que conste que los emolumentos percibidos excedieran de lo ordinario para la realización de tales gestiones".

Asimismo, la sentencia recoge que se valía para la cumplimentación de los expedientes de los datos de filiación que los ciudadanos extranjeros le aportaban en orden a cumplimentar los datos relativos al trabajador, y de los datos que había obtenido de sus clientes F.A.C., S.S.S. Y T.H.B., en cuanto a los datos correspondientes al empleador solicitante.

Asimismo, la acusada plasmaba la firma de los agricultores, tanto en el espacio destinado a la firma del empleador como de la autorización para la presentación ante de las correspondientes solicitudes ante la Dirección Provincial de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales, presentado de esta forma durante el año 1995 cerca de doscientas solicitudes.

La Fiscalía ha aplicado la atenuante de dilación indebida en la solicitud inicial de condena, por haber pasado casi un lustro de tiempo, según el fallo.

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