Condenado a 11 meses de prisión y una multa un matrimonio de Alcázar (Ciudad Real) por un delito de estafa

Actualizado: viernes, 12 junio 2009 16:45

CIUDAD REAL, 12 Jun. (EUROPA PRESS) -

El matrimonio de Alcázar de San Juan (Ciudad Real) formado por Miguel G.T. y su mujer María Encarnación P. G-C., han sido condenado por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Ciudad Real a la pena de once meses de prisión y multa de cinco meses, a razón de una cuota diaria de siete euros, por un delito de intento de estafa procesal.

Según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, los condenados son autores de dicha infracción y en caso de impago tendrán la responsabilidad personal subsidiaria equivalente a un día de privación de libertad, por cada dos cuotas de multa, así como al pago de las costas.

El matrimonio reconoció en el juicio que desde el año 2003, en el que el hombre sufrió un accidente laboral, fingió --en concurrencia de ambos-- que había perdido el habla, la capacidad de razonar y se encontraba "en un estado de mutismo total y aislamiento", con el fin de cobrar una pensión de invalidez por parte del Estado.

La aseguradora de la empresa, Fraternidad-Muprespa, que se hacía cargo de la supuesta incapacidad, cuestionó la sintomatología del acusado, que no presentaba ninguna lesión neurológica, por lo que puso un detective privado que en septiembre de 2006 lo grabó "haciendo un régimen de vida plenamente activo y dinámico". La querella que ellos pusieron para conseguir la invalidez no prosperó y la aseguradora llevó el caso por lo penal hasta la Audiencia.

ACCIDENTE LABORAL

Todo comenzó cuando Miguel G.T. sufrió un accidente laboral el 19 de febrero de 2003 cuando trabajaba en la empresa de transportes Ditrasa. Sufrió un golpe en la cabeza y le diagnosticaron un traumatismo craneoencefálico leve con desorientación y una herida inciso contusa en zona occipital. La lesión no requirió ni ingreso hospitalario, sino unos puntos y ocho días en observación.

Sin embargo, los acusados "decidieron aprovechar esta situación para simular una serie de síntomas que parecieran derivados del accidente referido, para obtener una declaración de incapacidad laboral permanente absoluta, que les permitiera acceder a los correspondientes derechos económicos a percibir pensión, consiguiendo un lucro ilícito", según recoge la sentencia.

De este modo, el acusado fue valorado en consultas de diversos especialistas y sometido a numerosas pruebas diagnósticas sin hallazgos de lesión neurológica, en las que fingía encontrarse "en estado de total mutismo y aislamiento", y sólo respondía a las instrucciones de la acusada, que le acompañaba en todo momento y transmitía a los facultativos la supuesta sintomatología que padecía.

Con todo, lograron un diagnóstico psiquiátrico de depresión secundaria a traumatismo craneoencefálico y el Instituto Nacional de la Seguridad Social consideró su estado en el año 2004 una "contingencia derivada de accidente de trabajo", aunque le denegó la pensión de incapacidad permanente un año después.

El matrimonio no desistió y en junio del año 2005, pusieron una demanda ante el Juzgado de lo Social de Ciudad Real, reclamando el reconocimiento judicial de la "condición de gran invalidez y subsidiariamente incapacidad permanente absoluta con incremento del 50 por ciento por ayuda de tercera persona".