El DOCM publica los servicios mínimos de cara la huelga en Educación este jueves

INSTITUTO, COLEGIO, ESCUELA, IES
EUROPA PRESS
Europa Press Castilla-La Mancha
Actualizado: lunes, 6 mayo 2013 12:45

TOLEDO 6 May. (EUROPA PRESS) -

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) publica este lunes una resolución por la que se establecen los servicios mínimos en centros de enseñanza no universitaria durante la huelga convocada para este jueves 9 de mayo.

Según su edición de este unes recogida por Europa Press, el DOCM establece que en todos los centros debe haber un director como responsable de personal y representante de la Administración educativa en el centro docente, y en todos los centros en los que exista comedor escolar (incluidas residencias escolares) un cocinero o ayudante de cocina por turno, por considerar que es el personal imprescindible para garantizar la manutención del alumnado.

En las escuelas infantiles, se establece un educador por cada 20 alumnos menores de un año o fracción, un educador por cada 32 alumnos entre uno y dos años y un educador por cada 50 alumnos entre dos años y tres años o fracción.

Con respecto a los colegios rurales agrupados de Educación Infantil y Primaria, se establece un docente por cada sede, mientras que en la cabecera lo será el director.

Los colegios de Educación Infantil y Primaria y Colegios de Educación Primaria deberán tener un docente por cada tres unidades o fracción. Mientras que en los Institutos de Educación Secundaria deberán tener un 1 docente por cada seis grupos, así como un administrativo u ordenanza.

En los centros con animales vivos y explotación agraria, los servicios incluirán el personal imprescindible para la alimentación del ganado, y en cada explotación agraria, un oficial o peón laboral.

ESCUELAS DE ARTE, RESIDENCIAS Y CENTROS ESPECIALES

En los Conservatorios, Escuelas de Arte y Escuelas Oficiales de Idiomas se requerirá un jefe de estudios y un administrativo u ordenanza, si lo hubiere.

Los centros de Educación Especial precisarán 1 docente de PT por cada tres unidades o fracción, un Ordenanza dos A.T.E y un D.U.E., si existe alumnado con necesidades sanitarias.

En cuanto a las residencias escolares, se establecerá los servicios de un jefe de residencia, un trabajador de Limpieza y Servicios Domésticos, en turno de mañana y tarde.

En aquellas residencias escolares de los Centros de Educación Especial, además de los servicios adicionales previstos para los Centros de Educación Especial, se requerirá un jefe de residencia, un trabajador de Limpieza y Servicios Domésticos, de mañana y tarde, 2 A.T.E en turno de tarde, 1 trabajador de Limpieza y Servicios Domésticos y un Ordenanza, así como dos A.T.E. en turno de noche.

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