El fiscal reconoce que no debió de prohibirse la concentración ciudadana del 13 de mayo en Albacete

Europa Press Castilla-La Mancha
Actualizado: martes, 24 mayo 2011 20:11

ALBACETE 24 May. (EUROPA PRESS) -

La sección segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha dejado visto para sentencia la vista oral celebrada por el recurso interpuesto, a título individual, por el ciudadano albaceteño Fernando Cuartero contra la resolución de la Junta Electoral Provincial que prohibió la concentración del Moviiento 15M que se celebró el pasado viernes 13, a las 20.00 horas de la tarde, en la Plaza de la Constitución, y para la cual se había solicitado previamente autorización a la Subdelegación del Gobierno.

El fiscal Antonio Pablo Rives, en su intervención en la vista pública, ha dado la razón al demandante al considerar que la resolución emitida por la Junta Electoral Provincial debería "desestimarse" y, con ello, declarar ilegal la prohibición de la manifestación, puesto que la petición de autorización de Fernando Cuartero "explica los motivos de la premura en la solicitud, por lo que, haciendo una interpretación favorable del derecho a la reunión, tales razones de urgencia deberían haber sido atendidas".

Rives, que ha pedido al juez que se diera traslado de la demanda al letrado de la Junta, en representación de la Junta Electoral Provincial, que no se ha personado en el proceso, ha insistido en que la resolución de la Junta Electoral Provincial resulta "contraria al artículo 21 de la Constitución", al prohibir el derecho a la reunión considerando que se podría tratar de un acto electoral, y sin tener en cuenta, ha argumentado, que la convocatoria de la concentración la hicieron tres personas físicas a título particular.

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