Mañana será juzgado en Toledo el administrador único de una empresa de Illescas al no informar a los socios

Actualizado: martes, 13 octubre 2009 22:24

TOLEDO, 13 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Toledo juzgará mañana a Ricardo S.N., que como administrador único de la mercantil Clemente Juan AS de Illescas (Toledo), se negó a dar información a los socios.

Según la calificación de los hechos del Ministerio Público, a la que ha tenido acceso Europa Press, siendo este hombre administrador único de la empresa estaba obligado a realizar las convocatorias de las Juntas Generales Ordinarias de los socios de la mercantil, con el fin de que, entre otras cosas, fueran aprobadas las cuentas anuales, algo que no efectuó como era su obligación.

Esto dio lugar a que la querellante, en nombre propio y de sus hermanas, en febrero de 1996 como titulares del 36 por ciento del capital de la mercantil, requiriesen al acusado, vía notarial, la convocatoria de una Junta General Extraordinaria, a la que hizo caso omiso el acusado.

En junio de 2007, la querellante reiteró de nuevo su solicitud a través del Procedimiento de Jurisdicción Voluntaria, acordando el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Illescas la celebración de la Junta General Extraordinaria solicitada que, aunque recurrida por el acusado, se acabó celebrando.

No obstante, el día de su celebración, en febrero de 1999, el acusado incumplió parcialmente, a sabiendas, el mandato judicial, al negarse a dar información alguna a la querellante y a sus hermanas, así como a ala entrega de cualquier tipo de documentación sobre la sociedad, desobedeciendo con ello la resolución judicial.

A la vista del comportamiento del acusado, al querellante solicitó el nombramiento de un Auditor de Cuentas, que fue recurrido por el acusado, siendo rechazado, dando lugar a que el imputado se negase a colaborar con el auditor nombrado por el Registro Mercantil, quien no pudo llevar a cabo su labor.

En el año 2002 cesó su actividad la mercantil sin que la querellante y sus hermanas vieran satisfechos sus legítimos derechos.

El Fiscal considera que los hechos son constitutivos de un delito continuado de falta de información al socio por el que solicita para el acusado el pago de una multa de 4.320 euros, y de un delito de desobediencia, por el que pide nueve meses de prisión.