A partir de este martes se podrán presentar alegaciones a la orden que fija los períodos hábiles de caza y las vedas

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Publicado: lunes, 11 abril 2022 10:42

TOLEDO, 11 Abr. (EUROPA PRESS) -

A partir de este martes, y durante un plazo de 20 días hábiles, se podrán presentar alegaciones al borrador de la orden por la que se fijan los períodos hábiles de caza y las vedas en Castilla-La Mancha para la temporada cinegética 2022/2023.

Así consta en la resolución de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad, que publica este lunes el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y recoge Europa Press, en la que se indica que cualquier persona física o jurídica podrá examinarlo y formular las observaciones, sugerencias o alegaciones que estime pertinentes al borrador, que estará a disposición de las personas interesadas en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es) y en la sede de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad, Avenida Río Estenilla, s/n, 45071 Toledo.

Las observaciones, sugerencias o alegaciones, deberán dirigirse a esta Dirección General, pudiendo presentarse en cualquiera de los registros y oficinas previstas en la Ley del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas de 2015, así como en la dirección de correo electrónico dgmnb@jccm.es.

Desde la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad han recordado que la Consejería de Desarrollo Sostenible promulgará anualmente, antes del 1 de junio, la orden por la que se fijan los períodos hábiles de caza y las vedas aplicable con carácter general a todo el territorio de la Comunidad Autónoma, sin perjuicio de aquellos periodos que reglamentariamente se dicten para cuarteles comerciales de cotos de caza, para titulares profesionales, para adiestramiento de perros de caza y aves de cetrería, y los necesarios para reducir o seleccionar la población de determinadas especies de caza mayor fuera de dichas épocas.

Este borrador ha sido redactado conforme al artículo 108 del Decreto 15/2022, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de aplicación de la Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha, y sometido a consulta del Consejo Regional de Caza en sesión ordinaria del 30 de marzo, tal como prevé el artículo 107 del citado Reglamento.