Tribunales.- Condenado a 3 años el acusado de abusar de la menor amiga de su hija en Socuéllamos (Ciudad Real)

Actualizado: lunes, 16 junio 2008 19:39

CIUDAD REAL, 16 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Ciudad Real ha condenado a Justo L.A., de 40 años de edad, a tres años de cárcel y a pagar una indemnización de 100.000 euros a la víctima, por un delito continuado de abusos sexuales en la persona de una menor amiga de su hija, hechos que ocurrieron en Socuéllamos (Ciudad Real).

En la sentencia, dada a conocer hoy, se da por probado que el hombre abusó en varias ocasiones de la menor, que ahora tiene 14 años, comenzando los tocamientos cuando ésta tenía entre cuatro y cinco años y finalizando cuando tenía 8 años, en 2001.

El hombre, por otro lado, no podrá acercarse a la joven a menos de 300 metros, ni mantener con ella ningún tipo de contacto de manera directa o indirecta en los próximos cinco años, además de tener que pagar las costas procesales.

La sentencia da como hechos probados que el hombre, aprovechando la amistad de su hija con la víctima, jugaba con ellas en su casa de Socuéllamos, principalmente, a los juegos del escondite y el comecorazones, siempre a oscuras, en la habitación de su hija.

En la resolución judicial se indica que el condenado aprovechaba la oscuridad, o cuando se quedaba a solas con la víctima, para "bajarle los pantalones y las braguitas y tocarle la zona genital y nalgas, llegando en alguna ocasión a introducir sus dedos en la vagina".

Para llegar a la sentencia condenatoria, se señala que la declaración de la víctima, corroborada por otros elementos de convicción, es la única prueba de cargo directa de los hechos, lo que, según se indica, no se considera extraño en delitos contra la libertad sexual.

A esta declaración se le da credibilidad por no existir móvil de resentimiento o enemistad de la niña hacia el hombre, por la persistencia en la incriminación y por la verisimilitud en la acusación.

Por otro lado, no se considera incompatible que tanto la hija del hombre como su pareja sentimental en ese momento dijeran que no habían visto en ningún momento los abusos y sí se tienen en cuenta las declaraciones de los psicólogos, que establecieron que la pequeña presentaba síntomas que podrían derivarse de unos abusos sexuales.

Por otro lado, en la sentencia también se da como probado que el hombre, desde el balcón de su casa, a veces desnudo, llamaba a otra pequeña, que vivía enfrente, para que fuera a su casa a jugar con su hija.