BURGOS 16 May. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León constituirá una sala especial con el fin de analizar la recusación del actual presidente del órgano civil y penal del mismo, José Luis Concepción, realizada por la Coalición Electoral Valladolid Toma la Palabra y la Federación Regional de Ecologistas en Acción con el fin de que el citado magistrado no participe en la deliberación de los recursos por la sentencia condenatoria por el caso 'Meseta Ski' que sentó en el banquillo a responsables de la Sociedad Provincial de Desarrollo (Sodeva) de la Diputación de Valladolid, entre ellos al ya exalcalde de Olmedo, Alfonso Centeno, quien tuvo que dimitir de su cargo una semana después a raíz del fallo condenatorio.
Después de que el ya expresidente del TSJCyL rechara su recusación y mostrara su disposición a resolver los recursos, la letrada de la Administración de Justicia de la Sala de lo Civil y Penal del TJCyL, con sede en Burgos, a través de una diligencia de ordenación recogida por Europa Press, establece que, al amparo del artículo 77 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), será necesario constituir una sala especial, integrada por magistrados de otras secciones ajenas, con el fin de estudiar el intento de VTLP y del citado colectivo ecologista de apartar a Concepción de la resolución de los recursos contra el fallo de 'Meseta Ski' interpuestos por Centeno y el que fuera vicepresidente de Sodeva, Pedro Pariente, también condenado.
La vista de ambos recursos se fijó inicialmente para el pasado día 8 de abril, si bien el referido incidente de recusación ha impedido la celebración de la vista correspondiente a la espera de resolver si Concepción puede o no formar parte de la Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL encargada de dilucidar si mantiene la condena al expolítico del PP y al otro condenado.
VTLP y Ecologistas, que se personaron en la causa como acusación popular, fundamentaron la recusación del citado magistrado en la convicción de que "se encuentra afectado por una pérdida de imparcialidad de naturaleza objetiva" tras recordar abundantes declaraciones del aludido, "ya institucionales, ya personales, que ponen de relieve una muy personal posición de naturaleza política e ideológica que no ofrece duda alguna".
Y es que ambas partes sostenían que "al menos desde el año 2020, ya en calidad de presidente del TSJCyL, ya a título personal, el recusado ha formulado en actos públicos institucionales o, aprovechando cualquier otra ocasión, acervas críticas contra el Gobierno de la nación atribuyéndole determinadas políticas sanitarias, judiciales o, en fin, en torno a su composición misma y la naturaleza de las organizaciones políticas que lo conforman".
Por ello, VTLP y el colectivo Ecologistas advertían de que todas estas manifestaciones y pronunciamientos de Concepción denotan que dicha parte, que ejerció como acusación popular en la causa en la Audiencia de Valladolid, "goza de la animadversión personal y declarada a conciencia, en ejercicio de su libertad personal", del presidente de la sala que, precisamente, tenía que resolver los recursos de 'Meseta Ski'.
El fallo de la Audiencia de Valladolid impuso al expresidente de Sodeva, Alfonso Centeno, nueve años y un mes de inhabilitación especial para empleo o cargo público por delito continuado de prevaricación administrativa en la tramitación y construcción en Villavieja del Cerro de un complejo de ocio y aventura que tenía como infraestructura estrella dos pistas de esquí en seco, hechos por los que también fue condenado a siete años y tres meses de inhabilitación el que era vicepresidente de la sociedad, Pedro Pariente, por prevaricación administrativa. Ambos han recurrido ante el Alto Tribunal castellanoleonés.
Otros dos de los 'inquilinos' del banquillo, el arquitecto Valentín González y el jefe de Urbanismo de la Diputación vallisoletana, Luis Torroglosa, fueron absueltos de los cargos que les imputaban.
La condena consideró acreditado que el proyecto inicial fue modificado sin aparente justificación técnica o económica, una modificación "relevante, cuantitativa y cualitativamente, en referencia a que el importe de las obras aumentó en casi tres millones de euros, cuando el precio inicial del contrato era de poco más de cuatro, "de forma que hablamos de un incremento del presupuesto de cerca del 75%".
Pero además, la modificación, según el tribunal, afectaba a un elemento tremendamente sustancial de una pista de ski seco, como era la superficie esquiable, modificándose no sólo el material de dicha superficie, sin también, de forma aún más que significativa, sus dimensiones, modificación que se llevó a cabo "omitiendo de manera flagrante las más elementales normas jurídicas".
Y no sólo porque se acordó la modificación de un contrato suscrito entre las partes apenas cuatro meses antes, "sino porque no se llevó a cabo un nuevo proceso de contratación, quebrándose con ello los principios de publicidad y libre concurrencia que debían regir el proceso de adjudicación, al tratarse de un procedimiento de contratación de una empresa privada cuyo capital social era total e íntegramente de carácter público".
"Es más, ni siquiera se comunicó la existencia de ese proyecto complementario a la otra empresa, que había participado en el proceso de licitación", con lo que "existió, por tanto, una infracción manifiesta del procedimiento de contratación y una infracción del contrato previo".
En el procedimiento, además de la fiscal del caso, que había interesado la inhabilitación de los cuatro encausados por espacio de siete años, se personó como acción popular el grupo Valladolid Toma la Palabra y Ecologistas en Acción, que solicitó once años de inhabilitación y, en concepto de responsabilidad civil, la obligación de los ocupantes del banquillo de indemnizar a Sodeva y/o la Diputación con 11,5 millones euros por el perjuicio económico causado, frente a la petición absolutoria de las defensas.