Archivo - Imagen de Auvasa de un autobús en Valladolid - AUVASA - Archivo
VALLADOLID 28 Abr. (EUROPA PRESS) -
La empresa municipal de transporte en autobús de Valladolid, Auvasa, y los representantes del Comité de Empresa han llegado a dos acuerdos que se definen como "históricos" para, por un lado, pactar "por primera vez en 40 años" los criterios a aplicar en los calendarios laborales de conductores y, por otro, establecer las condiciones para disfrutar las jornadas de descanso obligatorio.
En la mañana de este lunes la dirección de Auvasa, representada por su gerente Eduardo Cabanillas Muñoz-Reja, y el Comité de Empresa, representado por su presidente, Arturo Barrul, y con presencia del secretario del Comité, Antonio Espinilla Martín, han formalizado dos Acuerdos que afectan a más de 450 trabajadores y trabajadoras de la empresa.
El primero de los acuerdos se refiere a los criterios de elaboración de calendarios de trabajo de los conductores y conductoras.
Como recuerda el Ayuntamiento de Valladolid en un comunicado recogido por Europa Press, diariamente, Auvasa ofrece servicio en la ciudad con una oferta en torno a 125 autobuses, que atienden a una media de 103.000 personas en días laborables y que transportó el año pasado a más de 28,5 millones de personas, lo que supone que en días laborables cerca de 240 personas trabajadoras de la conducción de Auvasa prestan su servicio a la ciudadanía a los mandos de autobuses urbanos.
Con el primer acuerdo que se ha firmado, se determina la línea de base a respetar en la elaboración de los calendarios individuales de trabajo --cuadros de trabajo, descansos y vacaciones-- de los conductores y conductoras, para aplicarlos ya en los próximos calendarios de 2026 y 2027.
En palabras de los firmantes "es un acuerdo histórico que nos va a reforzar en la negociación de los calendarios de otros sectores en el nuevo convenio colectivo, ya que hasta ahora, en los más de 40 años de vida de esta empresa los calendarios individuales del personal de conducción se elaboraban exclusivamente por la empresa y finalmente se entregaban a la representación legal de los trabajadores, con poco margen de maniobra".
De hecho, se ha recordado que "siempre" ha sido "fuente de conflicto", e incluso de la adopción de "medidas no deseadas por los trabajadores como fue en su día la huelga".
En el primer acuerdo se determina que se respetarán los principios de ecuanimidad de asignación de jornadas, a excepción de los cuadros de trabajo, descanso y vacaciones afectos a circunstancias personales o de salud.
En concreto se incluyen parámetros a respetar como un total de 23 domingos trabajados, con un margen de más/menos uno; 26 sábados con el mismo margen; un máximo de once ciclos al año de días consecutivos trabajados, distribuidos equitativamente a lo largo del año, y en mañanas y tardes. Asimismo, se contemplan 23 fines de semana completos de descanso al año, con margen de error de más/menos uno; un máximo de siete festivos trabajados y el establecimiento de ciclos anuales de trabajo y descanso alternos para cada conductor en las jornadas de Navidad y Año Nuevo.
El segundo acuerdo permite añadir jornadas acumuladas de descanso a las vacaciones, derivadas del descanso de media hora al que tienen derecho estos trabajadores de la empresa cuando se realizan jornadas que excedan de seis horas diarias.
En el acuerdo se determina que, trimestralmente, se comunicará a los trabajadores el estado individual en estas jornadas de descanso que tienen que disfrutar, de forma que, de a cuerdo con la situación a 30 de septiembre, la empresa incluirá en los calendarios del año siguiente las jornadas que están pendientes de disfrutar y que excedan de dos, añadidas a las vacaciones de verano hasta un máximo de dos días y el resto, si aun quedan, junto a las vacaciones de invierno.
En ambos casos, se añadirán estas jornadas por delante y por detrás de las respectivas vacaciones. El resto de estas jornadas de descanso, que no se incluyan en los calendarios del año siguiente, se podrán solicitar a la empresa con un mínimo de diez días de antelación a lo largo del año, lo que se considera que "favorece notablemente la operativa para poder disfrutar en un corto plazo de jornadas disponibles para atender asuntos personales".