El bodeguero vallisoletano acusado de vaciar las cuentas de su madre, enferma de Alzheimer, mantiene su inocencia

La Audiencia Provincial ha excluido a sus dos hermanos como parte penal pero les mantiene como actores civiles

El bodeguero encausado junto a su letrado durante la primera sesión del juicio en la Audiencia de Valladolid.
El bodeguero encausado junto a su letrado durante la primera sesión del juicio en la Audiencia de Valladolid. - EUROPA PRESS
Europa Press Castilla y León
Publicado: lunes, 24 abril 2023 13:52

VALLADOLID, 24 Abr. (EUROPA PRESS) -

El empresario bodeguero Ricardo U.R. ha mantenido este lunes su inocencia en la primera jornada del juicio iniciado contra él en la Audiencia de Valladolid, donde ocupa el banquillo acusado de vaciar cerca de 250.000 euros de las cuentas de la sociedad 'Tarsila Fernández Gayo' radicada en La Cistérniga (Valladolid) y cuyo patrimonio procedía de su madre, aprovechando la enfermedad de Alzheimer que la nonagenaria padecía en el último tramo de su vida donde se produjo, presuntamente, la apropiación indebida.

En su declaración exculpatoria que ha prestado tan sólo a preguntas del fiscal y su defensor, al haberse negado a responder a las del letrado que representa a sus hermanos Antonio Teresa, el empresario ha explicado que su madre mantuvo la autonomía plena hasta prácticamente los 88 años y que hasta entonces todas las decisiones las tomaban de común acuerdo en su condición ambos de administradores solidarios de la empresa, constituida en 2016 como sociedad unipersonal y a la que se incorporó el rico patrimonio de la anciana.

Fue a raíz de sendas caídas de su madre en 2017 y 2018, sobre todo la segunda de ellas, cuando Tarsila F.G. comenzó a sufrir problemas de movilidad y un cierto deterioro cognitivo--apenas podía ya hablar--que obligaron a contratar a dos cuidadoras para ocuparse de ella en el casón familiar en La Cistérniga, si bien Ricardo U.R. ha apostillado, en declaraciones recogidas por Europa Press, que seguía tratando con su progenitora "de todas las cuestiones relativas a la sociedad".

En ese contexto, el acusado, a quien el fiscal del caso solicita inicialmente seis años de cárcel y el pago de 250.000 euros en concepto de responsabilidad civil, ha enmarcado las distintas operaciones de retirada de fondos o cobro de cheques de las dos cuentas de la empresa en Caja Rural y una en Cajamar supuestamente delictivas entre agosto de 2016 y noviembre de 2019, entre ellas los más de 85.700 euros, la mayoría salidas de efectivo sin destino cierto que Ricardo asegura que sirvieron para pagar "gastos" de su madre y también, sobre todo, las nóminas de sus seis o siete empleados.

Igualmente, ha justificado los 4.000 euros recibidos en diciembre de 2016 y los 60.000 en julio de 2017 procedentes de la cuenta de Unicaja de su madre en concepto de "devolución de un préstamo" que había hecho a la anciana en 2012 y que se cobró cuatro años después en sendos pagos una vez que la mercantil obtuvo 2.700.000 euros en una operación inmobiliaria en Madrid.

"El préstamo que hice a mi madre no quedó reflejado documentalmente debido a la relación de confianza que había entre los dos", ha explicado Ricardo U, quien ha añadido que se cobró una tercera cantidad más tarde, del total que le debía su progenitora, que destinó a una compra de participaciones.

Ha reconocido que entre el 30 de agosto de 2026 y el 29 de octubre de 2019 efectuó 31 aportaciones de 50 euros cada una, también con fondos de la mercantil de una de sus dos cuentas en Caja Rural, para crear en su favor un plan de pensiones--el total se eleva a 19.50 euros--y ha explicado que el 12 de febrero de 2018 transfirió desde la cuenta personal de su madre en Unicaja la cantidad de 100.000 euros a otra cuenta en Cajamar, sin que en la operación buscara un enriquecimiento personal ilícito.

"YO TENÍA MI NÓMINA"

"No es cierto que esas retiradas de dinero y cobros los hiciera aprovechándome de la situación de incapacidad de mi madre, ya que no me hacía falta porque tenía mi nómina", ha declarado el empresario.

El juicio, que se prolongará en principio hasta el miércoles, se ha iniciado con las cuestiones previas de las partes durante casi una hora en la que el Tribunal ha rechazado la suspensión de la vista pese a la solicitud que en tal sentido ha sido realizada por la defensa por, entre otras razones, la falta de documentos y grabaciones en la presente causa de un procedimiento anterior entre el acusado y sus hermanos y la baja médica de una médico forense que hizo un informe sobre la supuesta incapacidad de la anciana.

Lo más llamativo del caso es que ha sido el propio tribunal sentenciador, con la aquiescencia posterior del fiscal y la defensa del encausado, el que ha decidido apartar a los dos hermanos del procesado de su condición de acusadores particulares "por falta de legitimidad procesal activa" tras recordar la imposibilidad de que entre hermanos se ejerza la acción penal en casos de delito patrimonial.

Así, los hasta entonces integrantes de la acusación particular desde el punto de vista penal seguirán en el juicio pero tan solo como "actores civiles".

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