Las dos acusadas y su abogada en el banquillo de la Audiencia de Valladolid. - EUROPA PRESS
VALLADOLID, 19 Dic. (EUROPA PRESS) -
La Audiencia de Valladolid ha condenado a V.P.S. por un delito continuado de estafa informática sobre su abuela demenciada, vecina de Traspinedo, a la que sacó casi 5.000 euros de su cuenta bancaria, si su conocimiento, aprovechando su afección mental para hacerse con dicha cuantía tras acceder al PIN de su cartilla bancaria y hacer reintegros desde el cajero automático.
En su sentencia recogida por Europa Press, la Audiencia Provincial absuelve a dicha joven y a su madre, I.S.G, del delito continuado de apropiación indebida del que venían siendo acusadas por la retirada en caja de la cuenta de la anciana, entre 2014 y 2020, de cantidades que sumaban más de 34.000 euros, delito por el que se enfrentaban a una petición de condena de cuatro años de cárcel, pero en cambio el tribunal sí entiende acreditada por parte de la primera de ambas la comisión de una estafa informática por importe de 4.990 euros, de ahí la pena privativa de libertad impuesta de un año y dos meses de prisión, multa de 900 euros y, en concepto de responsabilidad civil, la obligación de indemnizar a los herederos de la abuela ya fallecida.
El tribunal, en su fundamentación jurídica, refiere que I.S.G. extrajo por ventanilla de la cuenta de su anciana madre, entre abril de 2020 y marzo de 2021, un total de 4.230 euros, "no constando suficientemente acreditado que dichas cantidades tuvieran otra finalidad que hacer frente a las necesidades de la casa de su madre, como alimentación, limpieza, farmacia (medicamentos y pañales), gastos de ocio (cafés o cupón), peluquería y las propinas que daba a sus tres nietas", de ahí la absolución de la misma.
Respecto de otras extracciones entre 2014 y 2020, la Audiencia Provincial apunta que la totalidad de las mismas fue efectuada en persona por la anciana, quien para ello exhibía su DNI a la trabajadora se encontraba en dicha sucursal bancaria, firmando cada una de ellas también ante su presencia, sin que por parte de la encargada se objetase que la clienta lo hiciese siempre con un apellido distinto al real, algo que se censura en el fallo.
Sin embargo, en el caso de la nieta, finalmente condenada por delito continuado de estafa informática, sí se entiende probado que a lo largo de 2020 esta persona, "conocedora del preciso lugar en que se encontraba la cartilla de su abuela con su código, aprovechando sus frecuentes visitas a éste, y siendo conocedora que presentaba ya entonces un grave deterioro cognitivo, se abusó de ello para utilizar esa cartilla a través de su código y así extraer a través del cajero, sin conocimiento ni consentimiento de las personas autorizadas en ella (madre y tíos), en su beneficio, con intención de ilícito beneficio y sin justificación alguna acerca del destino del dinero, diferentes cantidades cuya suma total asciende a 4.990 euros".
Durante el juicio, tanto la madre como la hija, que respondieron únicamente a preguntas de la fiscal del caso y su defensa, reconocieron la extracción de dinero de la cuenta de la anciana pero, como así precisaron, siempre con su consentimiento y conocimiento.
I.S.G. aseguró que su madre, viuda desde 2009, comenzó a dar muestras de problemas cognitivos en 2019, indicios perceptibles cuando se le iba la mano con la sal en las comidas o utiliza especias incorrectas, de ahí que desde abril de ese año la acusada, que había dejado de trabajar en una tienda, comenzó a acudir a casa de la anciana todas las mañanas para ayudarla en distintos menesteres y para acompañarla a Unicaja para, siempre con la cartilla y en ventanilla, retirar distintas cantidades que su progenitora determinaba en todo momento y que eran utilizadas para costear sus gastos de comida, farmacia, peluquería, podólogo...etc.
La ahora absuelta puntualizó que en esa cuenta de la madre, de la que la anciana era titular y donde mes a mes ingresaba su pensión de 677,40 euros, figuraban como autorizados ella y sus otros dos hermanos, los mismos que se encuentran personados en el proceso como actores civiles contra I.S.G. y penales contra su hija, al tiempo que insistió en que todas las cantidades que extrajo a partir de 2020 en ventanilla cuentan con su firma porque ya para entonces su progenitora no era capaz debido al temblor de manos que tenía.
SIN FONDOS PARA INGRESAR A LA ANCIANA EN UNA RESIDENCIA
El descubrimiento de que la cuenta de la anciana había quedado esquilmada no se produjo hasta que, al agravarse su estado mental, fue necesario su ingreso en una residencia en abril de 2021. La situación derivó en un encuentro familiar con participación de madre e hija y los dos hermanos de la primera y tíos de la segunda en cuyo transcurso, según la grabación reproducida en sala, la segunda de ambas acusadas llegó a reconocer que había realizado extracciones del cajero desde febrero de 2020, utilizando la cartilla y el PIN, por importe global de 4.500 euros.
Al respecto, la hija, ahora condenada, reconoció que retiró 4.500 euros del cajero, sin que se lo llegara a contar a su madre, pero siempre con el beneplácito de la abuela para los gastos que ella precisaba y también como gratificaciones que recibía de la anciana por sus cuidados. "Mi abuela era para mi como mi madre. La visitaba con frecuencia, mi madre y yo éramos las únicas que la cuidaban. Mis tíos no se preocupaban de ella", recriminó la joven.
Tras la declaración de madre e hija, los dos hermanos de la primera y tíos de la segunda comparecieron también ante el tribunal para atribuir a ambas la extracción injustificada de fondos de la cuenta bancaria de la anciana que, según sostuvieron, habrían hecho suyas para beneficio propio. De hecho, el mayor de los hermanos, que vivía con su madre, ya fallecida en 2023, apuntó que era él quien corría con la mayor parte de los gastos del hogar.
Al margen de la presente disputa penal, las dos partes están también enfrentadas judicialmente por el reparto de la herencia de la anciana.