Condenado a dos años por agresión sexual a su pareja y golpearla con la puerta del coche

Archivo - Fiscalía de Valladolid pide 6 años para un hombre por lanzar aceite hirviendo a la cara a su compañero de piso
Archivo - Fiscalía de Valladolid pide 6 años para un hombre por lanzar aceite hirviendo a la cara a su compañero de piso - EUROPA PRESS - Archivo
Europa Press Castilla y León
Actualizado: lunes, 4 mayo 2026 12:36

VALLADOLID 4 May. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Valladolid ha condenado a dos años de prisión a un hombre como autor de un delito de agresión sexual y otro de coacciones leves cometidos contra su pareja, a la que tocó por todo el cuerpo y, en un segundo episodio, golpeó con la puerta del coche.

Los hechos probados y reconocidos por el propio condenado, en sentencia de conformidad, se produjeron el 10 de noviembre de 2024 en el domicilio del acusado en Valladolid, donde realizó tocamientos no consentidos a la víctima. En concreto, le tocó los pechos, los glúteos y las piernas a pesar de que ésta le pidió reiteradamente que cesara en su actitud porque no le apetecía.

Asimismo, el tribunal recoge un segundo episodio ocurrido el 28 de noviembre de 2024 en el aparcamiento de un centro comercial en Arroyo de la Encomienda. En el transcurso de una discusión, el condenado golpeó a la mujer varias veces con la puerta de su vehículo para obligarla a apartarse, lo que le ocasionó una contusión en la cadera que precisó de cinco días para sanar.

El fallo condenatorio aplica la circunstancia atenuante de reparación del daño, ya que el procesado ha consignado previamente 3.350 euros para indemnizar las lesiones y secuelas psíquicas causadas, según la información del Gabinete de Prensa del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León recogida por Europa Press.

Por el delito de agresión sexual, el tribunal ha impuesto la pena de dos años de cárcel, además de la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, junto con la prohibición de aproximarse a menos de 300 metros de la mujer, de su domicilio o lugar de trabajo, y de comunicarse con ella por cualquier medio durante un periodo de tres años.

Una vez cumplida la pena privativa de libertad, el condenado deberá someterse a una medida de libertad vigilada durante cinco años.

En relación con el delito leve de coacciones, el fallo fija una pena de 40 días de trabajos en beneficio de la comunidad y la privación del derecho a la tenencia y porte de armas por un periodo de dos años. A estas medidas se ha sumado otra prohibición de comunicación y aproximación a la víctima durante seis meses.

La resolución judicial también incluye una inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio que conlleve contacto regular y directo con menores de edad por un tiempo superior en cinco años a la pena de prisión.

En el apartado de responsabilidad civil, el hombre ha sido condenado a abonar a la perjudicada la cantidad de 350 euros por las lesiones sufridas y 3.000 euros por las secuelas psíquicas, importes que devengarán el interés legal correspondiente.

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