CyL firmará un acuerdo de colaboración con Asturias y Cantabria en materia de lucha contra incendios

Un bombero, durante la extinción de un incendio.
EP
Actualizado: jueves, 15 julio 2010 15:23

VALLADOLID, 15 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Gobierno aprobó en su reunión de hoy autorizar a la Consejería de Medio Ambiente a firmar un convenio de colaboración con las comunidades autónomas de Asturias y Cantabria para establecer los mecanismos de colaboración que permitan hacer frente de forma coordinada a los incendios forestales.

Castilla y León tiene acuerdos de colaboración en materia de prevención y extinción de incendios con las regiones de Extremadura, Castilla La Mancha, Galicia, La Rioja y Madrid.

Las comunidades autónomas firmantes podrán solicitar colaboración en caso de incendio forestal en las zonas de asistencia y socorro y estas zonas abarcarán la totalidad de los términos municipales incluidos en una banda a ambos lados de la línea divisoria de las comunidades hasta una distancia de 2 kilómetros.

Los efectivos de extinción de incendios que se encuentren más próximos los incendios forestales que se desarrollen en las zonas limítrofes y puedan afectar a varias regiones, actuarán dentro de la zona de asistencia y socorro inmediato de la Comunidad colindante con el objetivo de impedir la propagación del incendio independientemente del ámbito territorial amenazado.

En todas las actuaciones conjuntas existirá un mando único responsable y así cuando el incendio se desarrolle exclusivamente en el territorio de una de las regiones, el mando único responsable será nombrado por la Comunidad afectada; mientras que cuando el incendio afecte al territorio de más de una Comunidad, el mando único responsable será designado de común acuerdo.

Las comunidades se comprometen a realizar diferentes actuaciones de preparación y realización conjunta y coordinada de proyectos concretos de prevención y de operaciones conjuntas de extinción; diseño y desarrollo de simulacros y operaciones conjuntas; aceptación de personal de cualquiera de las comunidades firmantes en los servicios de prevención y extinción de incendios de las otras para su formación y perfeccionamiento profesional y técnico; organización de reuniones, encuentros, cursos y seminarios sobre las materias objeto del convenio; y, por último, intercambio de información, documentación, publicaciones y material didáctico.