Las defensas en el 'caso ataúdes' piden la nulidad porque la policía "hurtó" la investigación al propio juzgado

Inicio del juicio por el 'caso ataúdes' en la Audiencia de Valladolid
Inicio del juicio por el 'caso ataúdes' en la Audiencia de Valladolid- EUROPA PRESS
Europa Press Castilla y León
Actualizado: lunes, 2 marzo 2026 14:37

VALLADOLID 2 Mar. (EUROPA PRESS) -

Las defensas en el denominado 'caso ataúdes' han solicitado la nulidad de actuaciones y el sobreseimiento de la causa abierta a un total de veintitrés personas, entre responsables del grupo funerario El Salvador y trabajadores del mismo, tras denunciar que el 'macrojuicio' que hoy ha dado comienzo en la Audiencia de Valladolid se encuentra viciado de inicio por la actuación de la Policía Nacional, a la que han acusado de llevar a cabo una investigación que se mantuvo oculta ante el propio juzgado de instrucción, la Fiscalía y la mercantil enjuiciada.

El primer día del juicio iniciado en la Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia de Valladolid ha estado capitalizado por la fase de cuestiones previas, en la que la decena de defensas que se reparte la representación legal de las veintitrés personas físicas acusadas y las dos jurídicas, Funeraria Castellana SA. y Parque El Salvador SL, mercantiles estas últimas en calidad de responsables civiles, han hecho causa común a la hora de invocar la nulidad de actuaciones por vulneración de los derechos fundamentales de los ocupantes del banquillo, a quienes se imputa un largo rosario de delitos por confabularse, presuntamente, entre 1995 y 2015 para dar el 'cambiazo' de ataúdes a los fallecidos, a los que se incineraban en otros de muy baja calidad o incluso palés, en lugar de las cajas de mucha más calidad que habían concertado sus familias.

Los defensores coinciden en que la fase de instrucción está "trufada de ilegalidades" que vulneran derechos fundamentales de los acusados, a los que se enjuicia a partir de un proceso inicial, totalmente ajeno al presente, que se remonta a 2017 cuando el gerente de Parque El Salvador, Ignacio Morchón Vaquero, presentó denuncia contra el principal testigo de los hechos, el extrabajador Justo Martín Garrido, ya fallecido, ante el intento de extorsión de éste con amenazas de hacer público el supuesto escándalo que va a ser ahora analizado.

En esa investigación, que concluyó en sentencia condenatoria de Justo Martín por conformidad de éste, las defensas denuncian que la Policía Judicial registró el domicilio del denunciado y obtuvo numerosa documentación, compuesta por varias memorias USB, cuadernos y fotografías, que los agentes actuantes "hurtaron" al Juzgado de Instrucción 6 que investigaba únicamente el delito de extorsión, así como a la Fiscalía vallisoletana y la mercantil Parque El Salvador, que figuraba personada como acusación particular en dicho procedimiento.

Así, el representante de Ignacio Morchón Vaquero ha criticado que la policía acudió al domicilio de Justo a sabiendas de lo que podía encontrar allí, "luego no fue un hallazgo casual", y sostiene que lo intervenido lo mantuvo en secreto, sin que entre 2017 y hasta ahora 2026 figure ninguna resolución judicial de Instrucción 6 que validara esas actuaciones que han dado lugar al presente juicio del 'caso ataúdes', lo que llevó a la situación de que su cliente entendía que era testigo y denunciante de un caso de extorsión sin saber que, paralelamente, estaba siendo investigado por la causa objeto ahora de juicio.

Por ello, el abogado, en declaraciones recogidas por Europa Press, asegura que estamos ante un caso claro de vulneración del derecho a no autoincriminarse y de nulidad del secreto de la causa y al mismo tiempo ha denunciado la nulidad del secreto bancario cometido, ya que la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) emprendió entre 2001 y 2018 la inspección de las cuentas y cualquier movimiento de buena parte de los investigados, "en un claro ejercicio prospectivo, incompatible con el derecho a la intimidad, sin delimitación temporal y sin justificación alguna".

Además de la teoría del fruto del árbol envenenado, lo que en opinión de las defensas tendría que llevar al tribunal al sobreseimiento y archivo de la causa y a la absolución de todos ellos, los representantes legales de los acusados--se les imputan delitos de pertenencia a grupo criminal, delito continuado de apropiación indebida, delito contra el respeto a los difuntos, blanqueo de capitales y delito continuado de falsedad en documento mercantil--han solicitado también la nulidad de los 'pinchazos' telefónicos realizados a los acusados y de los registros, la prescripción de delitos para uno de los presuntos implicados y la vulneración del derecho de contradicción de todos, al no poder confrontar lo denunciado en su día por el citado trabajador Justo Martín Garrido por encontrarse fallecido--figuraba también como acusado--. A este respecto, las defensas han pedido excluir de la causa su declaración y todo el material que se le ocupó en su vivienda.

RECHAZADA LA DECLARACIÓN DE CERCA DE 6.000 PERJUDICADOS

Durante esta primera sesión del juicio, la acusación pública, con la posterior adhesión de las dos acusaciones particulares, ha solicitado, sin éxito, que el tribunal sentenciador citara a cerca de 6.000 perjudicados para que puedan contradecir el testimonio dado en su día por los acusados cuando éstos negaron que en el momento de la incineración invitaban a los familiares de los fallecidos a abandonar la sala para que no presenciaran la cremación, al objeto de facilitar así el 'cambiazo' del ataúd por otro mucho más barato con el fin de reutilizar el bueno para otros sepelios.

Al respecto, el magistrado presidente del tribunal considera "inviable" la petición del fiscal porque en ese caso se produciría el "colapso" no sólo del proceso sino también de la Audiencia de Valladolid, a lo que ha añadido que el número de testigos ya fijado, a razón de tres por cada uno de los años investigados, es más que suficiente. Como alternativa, la Audiencia Provincial sí ha estimado una solicitud alternativa del acusador público consistente en la inclusión, a mayores en la lista de testigos, de seis seis personas que ya declararon en fase de instrucción para que puedan certificar la imposibilidad de presenciar el momento justo de la cremación de sus seres queridos.

El tribunal también ha dado el visto bueno a la petición de las defensas de dar la dispensa a la práctica totalidad de los acusados para no tener que comparecer todos los días del proceso. La aceptación de esta pretensión se ha producido tras escuchar de los defensores los problemas de salud que padece parte de sus clientes y, sobre todo, porque la comparecencia de los trabajadores durante las treinta y cinco sesiones fijadas para este juicio haría inviable el mantenimiento del servicio público que realiza el grupo funerario investigado.

La medida ha contado con la protesta del fiscal y de las acusaciones particulares. De hecho, el acusador público entiende que la dispensa autorizada a los acusados supone un "fraude de ley", ya que, según los motivos laborales alegados por las defensas, "si se asume esa petición, el noventa y nueve por ciento de los juicios en este país se celebrarían sin acusados. Salvo por motivos de salud, en cuanto al resto no procede esa dispensa", ha advertido sin éxito.

Eso sí, los ocupantes del banquillo tan sólo podrán ausentarse de aquellas sesiones no imprescindibles, no así de la prevista para el inicio de las testificales el próximo día 9 de marzo ni cuando, lógicamente, comiencen las declaraciones de todos ellos ni en el momento de acogerse a su derecho de pronunciar unas últimas palabras, antes de que el juicio quede visto para sentencia.

También la vista ha servido para que las dos acusaciones particulares personadas obtuvieran el visto bueno para que familiares de tres testigos ya fallecidos a los que representan puedan comparecer en el proceso, en aplicación del principio de la sucesión procesal.

El juicio se prolongará hasta junio. Los acusados se exponen a una posible condena global de 200 años de prisión, entre los veinte pedidos para los principales inculpados y los dos años en el caso de otros dos de ellos, junto con multas que podrían alcanzar los doce millones de euros.

 

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