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VALLADOLID, 19 Sep. (EUROPA PRESS) -
La Guardia Civil ha investigado a un menor por conducir un vehículo a motor por Laguna de Duero (Valladolid) y a su padre por permitirlo después de que difundieran las imágenes en redes sociales.
En concreto, se investiga a ambos por delitos contra la seguridad vial, uno por carecer de permiso de conducción y otro como cooperador necesario, han informado a Europa Press fuentes del Instituto armado.
La investigación se inició a raíz de la distribución en redes sociales de unas imágenes en las que se observaba a un menor conduciendo un vehículo a motor por la vía publica, acompañado de una persona mayor de edad.
La Guardia Civil comprobó que el conductor efectivamente era menor de edad y carecía de la habilitación necesaria para conducir y también se constató que la persona que viajaba en el asiento delantero derecho era el padre del menor, quien permitió expresamente la conducción de su hijo.
Seguidamente se procedió a la investigación de dicho conductor por la supuesta comisión de un delito contra la seguridad vial por carecer de permiso para la conducción al no haberlo obtenido nunca y la de su padre como cooperador necesario, al permitir la conducción del menor a sabiendas de que carece de la habilitación necesaria.
HECHOS PUNIBLES
La Guardia Civil ha recordado que la conducción de un vehículo a motor careciendo de permiso o licencia de conducción por no haberla obtenido nunca es el exponente de la conducción más inapropiado y crea un concreto peligro para la vida propia y del resto de los usuarios de la vía, al no haber adquirido los conocimientos apropiados para ello.
En este sentido, ha incidido en que el Artículo 384 del Código Penal castiga el que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
La misma pena se impondrá al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción.