Archivo - Vehículo de atestados de la Policía Municipal de Valladolid. - POLICÍA MUNICIPAL DE VALLADOLID - Archivo
VALLADOLID, 13 Jul. (EUROPA PRESS) -
La Policía Municipal de Valladolid se sumará esta próxima semana, del 14 al 20 de julio, a la campaña que la Dirección General de Tráfico (DGT) va a llevar a cabo específicamente para el control de la tasa de alcohol y la presencia de drogas entre los conductores.
El Cuerpo municipal ha recordado que el alcohol está presente como factor concurrente o desencadenante en un tercio de los accidentes mortales y, su presencia en la conducción, dependiendo de su tasa, multiplica entre dos y 15 veces el riesgo de sufrir un accidente. "La única tasa segura es 0,0", ha añadido.
Además, la Policía, en un comunicado recogido por Europa Press, ha señalado que el alcohol no sólo está relacionado con una mayor accidentalidad, sino que también repercute en una mayor mortalidad, al ser un factor vinculado con un peor pronóstico en las lesiones sufridas.
Por otro lado, ha explicado que conducir después del consumo de sustancias psicoactivas es un hecho "frecuente" en España, el cannabis (THC), la cocaína, las anfetaminas y las metanfetaminas son las sustancias más frecuentemente halladas y ha agregado que el consumo simultáneo de sustancias, que se ha demostrado como un comportamiento de "extremo riesgo vial", es comparativamente frecuente en España.
Así, con esta iniciativa se pretende concienciar del "peligro real" que supone el consumo de alcohol o drogas durante la conducción, han apuntado las mismas fuentes.
Por otro lado, la Policía también ha señalado que se trata de incidir asimismo en que el peatón, como usuario más débil de la vía, necesita estar también en pleno uso de sus facultades físicas y mentales "para no correr o hacer correr a otros riesgos innecesarios".
Por ello, se trata de informar a todos los conductores sobre los efectos negativos que tiene la ingestión del alcohol o drogas, aunque sea en pequeñas cantidades, provocando una disminución de sus habilidades para conducir. Por ejemplo, el alcohol aumenta el tiempo de reacción; provoca graves problemas de percepción de las distancias, atención, control y coordinación; hace que se subestime la velocidad y haya problemas de visión.
OTROS OBJETIVOS
De esta forma, la campaña se dirige a mentalizar a todos los conductores sobre la especial gravedad de esta conducta que incide directamente en la siniestralidad vial, como factor concurrente o desencadenante en un tercio de los accidentes mortales, multiplicando por nueve el riesgo de sufrir un accidente de circulación.
Para ello, se controlará la conducción con tasas de alcoholemia superiores a las legalmente establecidas o habiendo consumido drogas, actuando reglamentariamente.
La Policía Municipal ha recordado que la apuesta de la DGT por erradicar a los conductores que se ponen al volante tras haber ingerido algún tipo de sustancia psicoactiva es lo que ha llevado a este organismo a incrementar las sanciones y poner en el punto de mira a los reincidentes en la Ley de Seguridad Vial.
En concreto, se introduce la tasa 0,0 para los conductores menores de edad en sangre como en aire espirado, una infracción tipificada como muy grave que supone 500 euros de multa.
La Ley de Seguridad fija las tasas máximas de alcohol permitidas para los conductores, que son de 0,5 gramos de alcohol por litro de sangre o 0,25 miligramos de alcohol por litro de aire espirado en términos generales, aunque se reduce a 0,3 y 0,15, respectivamente, entre los conductores profesionales y los noveles. Además, se establece la prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo.
Además, de la vía administrativa, también se contemplan penas en el Código Penal, donde se tipifican los delitos contra la seguridad del tráfico y establece las penas por conducir con exceso de alcohol o bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.
En concreto, recoge que el que condujere un vehículo de motor o ciclomotor bajo influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y en cualquier caso, a la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.
MÁS SANCIONES
En todo caso será condenado con dichas penas el que condujere con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro.
También se contempla que el conductor que, requerido por un agente de la autoridad, se negare a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de tasas de alcoholemia y la presencia de las drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas a que se refieren los artículos anteriores, será castigado con las penas de prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.
Por otra parte, la Policía ha recordado que, desde el 6 de julio de 2022, los conductores de los vehículos destinados al transporte de viajeros por carretera que dispongan de interfaz para la instalación de alcoholímetros antiarranque, estarán obligados a utilizar estos dispositivos.
La normativa europea, Reglamento (UE) 2019/2144, establece la obligación de que lleven este interfaz los vehículos homologados a partir del 06/07/2022 y matriculados nuevos a partir del 06/07/2024.
Junto a estas cuestiones y sanciones, la Ley del Permiso por Puntos fija las pérdidas por este tipo de infracciones y contempla que, para tasas de más de 0,50 miligramos de alcoho por litro de aire espirado para conductores en general o más de 0,30 para conductores profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad se restarán seis puntos.
Para tasas superiores a 0,25 hasta 0,50 (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0,15 hasta 0,30 miligramos por litro) se restarán cuatro puntos.
También se penaliza con la pérdida de seis puntos el incumplimiento de la obligación de someterse a las pruebas de alcoholemia, mientras que la presencia de drogas en el organismo llevará aparejada igualmente una detracción de seis puntos.