+++Tribun.-Condenado a 17 años el hombre que dio de palos su esposa en Pedrajas (Valladolid) y la remató con un cuchillo

Actualizado: martes, 23 diciembre 2008 13:12

VALLADOLID, 23 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia de Valladolid condenó a un total de 17 años de cárcel a Jesús G.R, el hombre a quien un jurado popular halló culpable del asesinato de su esposa ocurrido el 29 de octubre de 2007 en el domicilio familiar de Pedrajas de San Esteban, después de que la propinara más de una veintena de palazos en la cabeza y luego la rematara de una certera cuchillada cuando la víctima yacía semiinconsciente en el suelo de la cocina.

El fallo de la Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia vallisoletana, tal y como había dictaminado el jurado, considera a Jesús G.F, de 60 años, autor de un delito de asesinato--concurre alevosía--con la agravante de parentesco y la atenuante de confesión de los hechos, de ahí que, junto a la citada pena privativa de libertad, acordara imponerle también la prohibición de comunicarse o acercarse al lugar de residencia y trabajo de sus hijas por espacio de cinco años una vez cumplida la pena y de residir en Pedrajas por idéntico periodo de tiempo.

En concepto de responsabilid civil, el condenado habrá de indemnizar a cada una de sus hijas con 60.000 euros, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

La sentencia establece que el ahora condenado asesinó a su esposa de forma alevosa, es decir, asegurándose el resultado de su acción y sin que la víctima tuviera posibilidad alguna de defenderse. Tal circunstancia, clave, configura el delito de asesinato e impide que los hechos puedan ser calificados de homicidio, contrariamente a lo que postulaba el abogado defensor del procesado.

El Ministerio Fiscal, la Abogacía del Estado y las dos acusaciones particulares, en representación estas dos últimas de las dos hijas del matrimonio, habían solicitado 20 años de prisión para Jesús G.R. y el pago de indemnizaciones por importe de 100.000 euros para cada una de sus descendientes, mientras que el defensor, que inicialmente pedía nueve años de cárcel por homicidio, elevó finalmente su petición a 15 años, al tiempo incrementó también la responsabilidad civil de 30.000 a 40.000 euros para cada hija.

En el fallo se considera probado que el matrimonio compuesto por Jesús G.R. y Lidia S.C, el primero de 60 años y ella de 58, residentes en Pedrajas de San Esteban (Valladolid) y casados durante más de treinta años, compartían únicamente vivienda desde hacía once años y no mantenían relación marital alguna--pese a ello aplica la agravante de parentesco--, situación que se fue deteriorando en el último año ante las salidas nocturnas de la víctima y, sobre todo, a raíz de que ésta comunicara a su esposo la necesidad de contactar con un despacho de abogados para iniciar el proceso de separación.

Ante ello, el asesino, y "respondiendo a un plan preconcebido", se personó días antes del crimen en su centro de trabajo para pedir el finiquito y la liquidación, para luego, el mismo día de los hechos, hacer lo propio en la sucursal de Caja España en Pedrajas para retirar 11.400 euros de la cuenta "con el propósito de que su esposa no accediera al dinero en caso de divorcio".

POR SORPRESA

Ese mismo día, tal y como consideró probado el jurado y aparece reflejado en la sentencia, verdugo y víctima sostuvieron por la mañana una nueva discusión por el tema del divorcio. No sería hasta la tarde, antes de las 18.05 horas, cuando Jesús G.R, que se había desplazado en coche a Valladolid, decidió regresar al domicilio familiar "con la intención de dar muerte a Lidia S.C".

Una vez en la vivienda, el acusado encontró a su esposa secándose el pelo en una habitación, momento en que se armó con un palo que había junto al armario y, "por sorpresa", empezó a golpearla en la cabeza. Acto seguido, la persiguió por distintas dependencias de la casa mientras seguía golpeándola y hasta que ambos llegaron a la cocina, donde ella quedó a merced de su agresor tendida en el suelo semiinconsciente y sin posibilidad alguna de defensa, momento en que Jesús G.R, tras pegarle nuevamente en la cabeza y la cara con el palo, cogió un cuchillo de cocina de 12 centímetros de hoja y se lo clavó de forma certera en el corazón.

Pese al gran número de golpes recibidos por la víctima y la violencia de los mismos, hasta más de una veintena de heridas inciso contusas que le dejaron al descubierto parte del cráneo, la Audiencia vallisoletana, haciéndose eco del veredicto del jurado, no considera probado que Jesús G.R. asesinara a la víctima con saña, es decir, que su propósito fuera el de causarle un dolor innecesario.

El magistrado presidente de la Sala que celebró el juicio, José Luis Ruiz Romero, entiende también que en el crimen concurre la atenuante de confesión, ya que Jesús G.R. se personó primero en el trabajo de una de las hijas para comunicarle lo ocurrido y luego hizo lo propio en el Cuartel de la Guardia Civil de Íscar para entregarse y confesar que creía haber dado muerte a su pareja, pero no así la atenuante de trastorno mental argumentada por la defensa.