La AMI rechaza el fallo del TS que prohíbe el uso de banderas no oficiales en edificios públicos

Balcón con esteladas durante el tercer día de desconfinamiento de adultos y durante la fase 0 de la desescalada en la que se permite la apertura de ciertos establecimientos.
Balcón con esteladas durante el tercer día de desconfinamiento de adultos y durante la fase 0 de la desescalada en la que se permite la apertura de ciertos establecimientos. - David Zorrakino - Europa Press - Archivo
Europa Press Catalunya
Publicado: viernes, 5 junio 2020 13:49

BARCELONA 5 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Associació de Municipis per la Independncia (AMI) ha manifestado su rechazo a la sentencia del Tribunal Supremo (TS) por la cual se establece que el uso de banderas no oficiales en el exterior de los edificios y espacios públicos "no resulta compatible con el marco constitucional y legal vigente".

Este fallo para la AMI podría afectar a símbolos utilizados en edificios y espacios públicos de Catalunya como las banderas 'esteladas' o las del colectivo LGTBI, según un comunicado de la entidad de este viernes.

La AMI considera que la sentencia del TS anula el acuerdo del pleno del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife del 30 de septiembre de 2016, donde se reconocía la bandera nacional de las Canarias como uno de los símbolos de la ciudadanía canaria y se aprobaba que se izara en el edificio del ayuntamiento.

Es por ello que la AMI señala que la sentencia podría afectar también a Catalunya y reivindica que los entes locales son administraciones autónomas con competencias de gestión y servicios a la ciudadanía, y que "representan unas opciones políticas escogidas democráticamente en los plenos municipales y que, por tanto, es lógico que al ejercer el mandato los equipos de gobierno expresen la ideología y simbología que los representa".

PRINCIPIO DE OBJETIVIDAD

También ha defendido el principio de objetividad de las administraciones públicas que, "en ningún caso, puede limitar la libre expresión del pensamiento político y de las ideas", así como el deber de las administraciones de servir con objetividad a los intereses generales sin convertir el espacio público en un monopolio de la ideología dominante --apunta el documento--, sino una muestra de la diversidad.

Por último, la AMI ha reivindicado la idea de las polis griegas de concebir el espacio público como lugar de titularidad pública y de debate de ideas, y que la "corporación municipal, como institución democrática, tiene la obligación legal de respetar los Derechos Fundamentales rectores del Estado de Derecho" y el espacio público como el ámbito de expresión del pluralismo.

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