La ATC habilita el pago de los tributos de la Generalitat a través de cualquier oficina de Correos

Pone en marcha un dispositivo para que los contribuyentes presenten determinadas declaraciones telefónicamente

Europa Press Catalunya
Publicado: lunes, 5 octubre 2020 11:52

BARCELONA, 5 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Agncia Tributria de Catalunya (ATC) ha habilitado el pago de los tributos de la Generalitat a través de cualquier oficina de Correos en España, según preveía el convenio con la empresa pública estatal firmado en julio.

Esta iniciativa, junto con un nuevo dispositivo que permitirá a los contribuyentes presentar determinadas declaraciones telefónicamente, está dirigida a mejorar los servicios que ofrecen y acercarlos a la ciudadanía con el objetivo de reducir los desplazamientos, ha informado la ATC en un comunicado.

A partir de este mismo lunes los contribuyentes podrán utilizar cualquiera de las 2.393 oficinas postales que Correos tiene distribuidas por todo el Estado, especialmente las 315 oficinas informatizadas que hay en toda Catalunya, para ingresar el importe de sus liquidaciones a la ATC.

Según el convenio, el pago de los tributos u otros ingresos de derecho público, la gestión recaudatoria de los cuales corresponda a la Generalitat o se le haya atribuido o encomendado por otros entes y administraciones públicas, se podrá hacer efectiva mediante un giro postal en su modalidad de ingreso en una de las cuentas de las cuales la ATC sea titular en sus entidades colaboradoras.

El pago del tributo o ingreso de derecho público se considerará efectuado en la fecha en que el giro postal sea impuesto por el cliente de Correos, con independencia de la fecha en que los fondos sean ingresados en una cuenta de la ATC.

En cuanto al nuevo servicio telefónico, la ATC ha activado un dispositivo con 20 profesionales tributarios que se ponen a disposición de la ciudadanía para ayudarlos a presentar las declaraciones tributarias por teléfono.

Las autoliquidaciones que se pueden tramitar por teléfono son las transmisiones de vehículos usados (modelo 620), las transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados (modelo 600) y las donaciones (modelo 651).

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