El CAC recuerda que la norma de emplazamiento de producto es para la TV tradicional y plataformas

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Europa Press Catalunya
Publicado: viernes, 3 diciembre 2021 15:36

BARCELONA 3 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Consell de l'Audiovisual de Catalunya (CAC) ha aprobado un acuerdo que recuerda a los prestadores de servicios de comunicación audiovisual que los preceptos relativos al emplazamiento de producto que prevé la normativa audiovisual vigente son de aplicación "tanto" en los servicios de televisión lineales como en los ofrecidos a demanda.

El acuerdo del CAC, aprobado por unanimidad, añade que por este motivo no se puede realizar el emplazamiento de producto indebido en ninguna de las dos modalidades de servicio de comunicación audiovisual, informa el organismo regulador este viernes en un comunicado.

El emplazamiento de producto es una forma de comunicación comercial audiovisual que consiste en la inclusión de un producto, servicio o marca comercial en los contenidos emitidos en los servicios de comunicación audiovisual y está regulado en la ley general de comunicación audiovisual y en la ley de comunicación audiovisual catalana.

La normativa establece que el emplazamiento de producto está permitido con las condiciones de advertir al público al principio y final del programa, y no puede condicionar la responsabilidad ni la independencia editorial del prestador del servicio incitar directamente a la compra y dar preminencia indebida al producto, además de estar prohibida en la programación infantil.

El CAC ha afirmado que la directiva europea, todavía no transpuesta el ordenamiento jurídico español, también regula el emplazamiento de producto, que la autoriza excepto en los programas de noticias y actualidad, els programas de asuntos de la persona consumidora, los programas religiosos y los programas infantiles.

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