CiU propone aumentar deducciones fiscales para incentivar el mecenazgo

Josep Antoni Duran (Ciu)
EUROPA PRESS
Actualizado: jueves, 15 septiembre 2011 22:34

BARCELONA, 15 Sep. (EUROPA PRESS) -

El portavoz de CiU en el Congreso y candidato a las elecciones generales, Josep Antoni Duran, ha planteado incrementar las deducciones fiscales por donaciones a entidades sin ánimo de lucro contempladas en la ley de mecenazgo -del 25 al 65% para personas físicas y del 35 al 55% para personas jurídicas-- y que los 150 euros primero euros donados sean deducibles en un 100% del IRPF como medidas para incentivar esta práctica.

Estas son algunas de las propuestas que recoge la proposición de ley de modificación de la ley de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, que será la primera que presentarán tras las elecciones generales del 20 de noviembre.

La propuesta también pretende ampliar las modalidades de explotaciones económicas exentas cuando sean desarrolladas o entidades sin fines lucrativos en cumplimiento de su finalidad, e incluye aquellas que presten servicios de inserción sociolaboral de personas desempleadas o en riesgo de exclusión social, las de enseñanza y formación profesional, la prestación de servicios a entidades sin fines lucrativos y las que organicen actividades públicas de difusión y promoción cultural.

También plantea flexibilizar el IVA a entidades sin fines lucrativos que están exentas, por lo que se les permitiría renunciar a la exención cuando lo soliciten, y la modificación de la ley de contratos del sector público con el fin de que los precios de licitación sean obligatoriamente con el IVA incluido cuando el órgano licitador sea consumido final.

Además, busca incrementar la capacidad de decisión de la Generalitat -y del resto de comunidades-- para determinar qué actividades deben ser beneficiarias de mecenazgo en Catalunya, así como para valorar aquellos bienes donados a la administración autonómica, local o a una de las entidades beneficiarias que ejerza principalmente sus funciones y tenga el domicilio social en la comunidad autónoma.

Otro de los puntos de la proposición pretende facilitar las nuevas modalidades de financiación pública y privada destinada a entidades de interés públicos en el ámbito de la investigación, de la cultura, social y educativo, a través de fondos patrimoniales indisponibles, y también presentan un conjunto de ajustes destinados a perfeccionar su funcionamiento.

Estos ajustes incluyen la posibilidad de ampliar el concepto de entidades sin fines lucrativos beneficiarios de la ley de mecenazgo a los consorcios promovidos o participados por lasa administraciones públicas con finalidades de interés general; a centros y estructuras de investigación de las comunidades con competencia exclusiva en este ámbito; a universidades privadas y residencias universitarias sin ánimo de lucro; a instituciones que sean declaradas Instituciones de Investigación de Excelencia; los centros tecnológicos y los de apoyo a la innovación tecnológica.

La proposición también establece un periodo de un año para que el Gobierno apruebe un proyecto de ley que regule el régimen jurídico de las asociaciones de utilidad pública, y también modifica el procedimiento relativo al reconocimiento de estas asociaciones.

Además, la ley contempla una disposición final por la que cada tres años el Gobierno, previa consulta a las comunidades autónomas, deberá evaluar los efectos de la ley y presentar un informe en el Congreso sobre el impacto de las medidas contempladas.