BARCELONA 31 Ene. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha condenado al Instituto Catalán de la Salud (ICS) a indemnizar con 36.000 euros a los hijos de una paciente que murió tras esperar más de cuatro horas en el pasillo del servicio de urgencias del Hospital de Bellvitge de Barcelona, sin que se le hiciera ningún tipo de prueba o reconocimiento.
En su sentencia, el Alto Tribunal catalán da la razón a los familiares de la fallecida, María A.R., y considera que fue atendida de forma incorrecta cuando se presentó en el hospital con un "cuadro grave" de vómitos y náuseas y tras haber sufrido un desvanecimiento.
Según la resolución, María A.R. llegó al hospital acompañada por su hija sobre las 22 horas del 5 de febrero de 1999 y, aunque llevaba consigo el historial médico donde figuraba que era diabética y tenía una cardiopatía, fue "aparcada" en un pasillo como un caso "no crítico" tras ser reconocida "visualmente" por una doctora.
No fue hasta pasadas las dos de la madrugada del día 6 de febrero cuando la paciente fue atendida. Al pedirle una doctora que se incorporara para examinarla, la mujer sufrió un desvanecimiento del que ya no se recuperó y, aunque la sometieron a maniobras de reanimación, no pudieron hacer nada por su vida.
Aunque el TSJC reconoce que, tal y como alegó el hospital, existía una masificación de usuarios ese día, también advierte que ello no es una excusa que justifique el no haber atendido a María A.R. en algún momento durante las cuatro horas que estuvo en urgencias.
El Tribunal, sin embargo, da la razón al ICS en el sentido de que no se puede determinar que el "sorpresivo" fallo cardíaco de la paciente se hubiera podido evitar con una atención más prematura, aunque matiza que la demora "contribuyó a un deterioramiento más acusado" de la situación de la fallecida.
Por todo ello, el TSJC considera que los familiares de la mujer deben ser resarcidos por los daños morales que les ocasionó el fallecimiento de María A.R. y obliga al ICS, organismo dependiente de la Generalitat, a indemnizarles con 36.000 euros.