La Generalitat indemniza a once mujeres víctimas de violencia machista en 2015

Actualizado: sábado, 23 enero 2016 11:00

BARCELONA, 23 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Generalitat ha indemnizado a 11 mujeres víctimas de violencia machista --dos de ellas con discapacidad-- en la segunda mitad de 2015, durante los seis primeros meses de aplicación del decreto de la Conselleria de Bienestar Social que regula las condiciones de la dotación, destinada a mujeres que sufren secuelas de "carácter grave" como consecuencia de esta violencia.

Las 11 mujeres han recibido ya el importe de la indemnización, de cerca de 2.800 euros --cinco veces el indicador de renta de suficiencia de Catalunya (IRSC) mensual, fijado en 569,12 euros en 2015--, han informado a Europa Press fuentes del Instutit Català de les Dones (ICD).

El importe aumenta en un 25% en el caso de las dos mujeres con una discapacidad del 33% o más, un agravante que se aplicaría también en el supuesto de mujeres seropositivas, y que sería de diez veces el IRSC mensual para cada uno de los hijos de víctimas mortales de violencia machista.

TAMBIÉN PARA MENORES

El decreto se incorporó en mayo a la Ley de derecho de las mujeres para erradicar la violencia machista (5/2008), que establece el derecho de adultas, adolescentes y niñas a cobrar de la Generalitat cuando sufren secuelas, lesiones corporales o daños en salud física o psíquica de carácter grave y requieran tratamiento médico, quirúrgico o psicológico, como consecuencia de las formas de violencia machista que especifica esta ley.

También se pueden beneficiar los hijos de víctimas mortales de violencia machista menores de 26 años y que dependan económicamente en el momento de la muerte, pero todavía no se ha dado ninguna indemnización de este tipo.

UN SOLO PAGO

La indemnización, compatible con la que fije una sentencia judicial, así como con otras prestaciones públicas y privadas, se concede una sola vez y en un pago.

Para recibir la indemnización es necesaria una resolución judicial que acredite que quien la solicita ha sido víctima de esta violencia, y el derecho a pedirla prescribe a los dos años de notificarse la sentencia.

Pueden ser beneficiarias las mujeres que viven en Catalunya y que puedan demostrarlo por cualquier medio admitido a derecho que acredite que residen con carácter estable, así como las que trabajen en Catalunya y hayan sufrido en la comunidad los hechos causantes del derecho a la indemnización.

Esto implica que pueden optar a la indemnización las víctimas extranjeras o con una situación administrativa irregular, además de las empadronadas en Catalunya.