Un informe de AMB sobre el recibo del agua ve excepcional la situación pero rechaza cambios en los tramos de facturación

Grifo de agua doméstico
Grifo de agua doméstico - EUROPA PRESS - Archivo
Publicado: jueves, 3 septiembre 2020 21:39

Dice que la excepcionalidad del confinamiento superó el Reglamento y debería procederse de otra manera

BARCELONA, 3 Sep. (EUROPA PRESS) -

Un informe del Área Metropolitana de Barcelona (AMB) constata que la excepcionalidad de la pandemia ha superado lo previsto en el Reglamento del servicio metropolitano del ciclo integral del agua (que admite facturar el consumo estimado si no se pueden leer los contadores, como pasó en el confinamiento), aunque el informe considera que eso "no debería generar un cambio en los tramos de facturación", alegando que lo normal es que el consumo de los usuarios sea estable.

El informe, recogido por Europa Press, alude al artículo 60 del Reglamento, según el cual 'cuando no sea posible conocer los consumos realizados, por ausencia del receptor del servicio o por otras causas que imposibilitan la determinación del consumo, la Entidad suministradora podrá optar, o bien por no facturar consumo en la factura correspondiente con la obligación de regularizarlo a la siguiente facturación con consumo efectivamente medido, o bien para facturar un consumo estimado'.

El artículo 60 da cuatro métodos de cálculo, aunque prioriza tener en cuenta 'el consumo realizado durante el mismo periodo de tiempo y en la misma época del año inmediatamente anterior'.

El informe explica que, ante la imposibilidad de hacer una lectura real, el abanico de posibilidades que marca el artículo 60 para calcular el consumo estimado "es adecuado, es decir, los hábitos de consumo de los usuarios domésticos se van repitiendo de un año al siguiente y por tanto una lectura estimada corregida con una lectura real posterior no tendría que generar un cambio en los tramos de facturación".

El AMB constata que "la situación de excepcionalidad vivida ha superado aquello previsto en el Reglamento del servicio metropolitano del ciclo integral del agua, y por tanto, se tendría que proceder de otra manera".

Así, defiende que lo que paga el usuario por el servicio de abastecimiento de agua y por el canon del agua "se ajuste más a los tramos realmente consumidos si se hubiera podido hacer la lectura de los contadores, y no según un consumo artificial provocado por una regularización de la lectura estimada de un periodo de facturación al siguiente, sin esperar que sea el usuario/a quien haga la reclamación".

El informe concluye la necesidad de requerir a Aigües de Barcelona que, en la próxima factura de todo usuario que se haya podido ver afectado, se proceda a "regularizar la disfunción provocada en el cálculo de la cuota de consumo y resto de conceptos incluidos en la factura" por la aplicación del artículo 60.

Y también le requiere recalcular las facturas emitidas con un consumo estimado, "repartiendo linealmente la diferencia de consumo durante todo el periodo global de facturación, regularizando la diferencia resultante en la próxima factura".

MÉTODOS DE ESTIMACIÓN

Los métodos de cálculo del consumo estimado previstos en el artículo 60 son cuatro, priorizando tener en cuenta el consumo realizado durante el mismo periodo de tiempo y en la misma época del año inmediatamente anterior.

En caso de que en el mismo periodo del año anterior no haya consumo, se estimará el consumo de acuerdo con la media aritmética de los seis meses inmediatamente anteriores, según el Reglamento.

El tercer método afirma que 'en aquellos casos en los cuales no haya consumos medidos para poder obtener la media del párrafo anterior, los consumos se determinarán tomando como base los consumos conocidos de los tres ejercicios anteriores'.

Y 'en el supuesto de que haya datos históricos que permitan identificar que el receptor del servicio realiza consumos estacionales, se podrá facturar un consumo estimado de acuerdo con la media aritmética de los consumos de los últimos tres años en el mismo periodo facturado'.

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