Un juez obliga a Educación a retirar una sanción de 14 euros a una profesora que faltó una hora

Europa Press Catalunya
Actualizado: jueves, 8 octubre 2009 16:13

BARCELONA 8 Oct. (EUROPA PRESS) -

El juzgado Contencioso Administrativo número 6 de Barcelona obligó hoy a la Conselleria de Educación de la Generalitat, titular del instituto Olorda de Sant Feliu de Llobregat, a retirar la sanción administrativa de 14 euros a una profesora del centro por haber faltado una hora a clase, y a la que la afectada interpuso un recurso.

El 24 de enero de 2006, la profesora faltó a una hora en la que se le había adjudicado una clase de refuerzo a dos alumnos de forma extraordinaria. La trabajadora alega la falta de comunicación formal de la guardia de refuerzo, así como la presencia "sólo" de dos alumnos --de los que otros profesores de guardia dijeron encargarse--.

El secretario general de la Conselleria le impuso una sanción equivalente a una hora de sueldo, unos 14 euros --que la profesora calificó de "irrisoria"-- y la incoación de un expediente disciplinario, lo que llevó a la profesora a recurrir la sanción.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el juez consideró que el secretario general de la Conselleria que impuso la sanción realizó una interpretación "rigorista" y que no coincide con la finalidad de la legislación que penaliza como falta leve el incumplimiento de la jornada laboral.

Por ello, esgrimió la "incorrecta tipificación por exceso" de la conducta imputada a la profesora. Apuntó que existe una "patenta animadversión" hacia la profesora, ya que durante todo el curso académico 2005-2006 el centro registró 712 ausencias entre sus 53 profesores --cifra que representa una media de casi 14 ausencias por persona-- y solo la de esta profesora, de una hora, se consideró "injustificada".

El juez afirmó que habría sido más adecuado imponer una simple amonestación a la trabajadora "privada y sin gritos", por lo íntegramente el recurso de la profesora obligando al departamento a retirar la sanción.

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