BARCELONA 18 Jun. (EUROPA PRESS) -
El titular del Juzgado Social número 33 de Barcelona ha reconocido la pensión de orfandad absoluta a una joven de 17 años huérfana de madre ante la "absoluta desatención" del padre, con lo que pasará a aumentar la cuantía, según la sentencia recogida por Europa Press.
El juez ha aceptado así una demanda interpuesta por la afectada contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para reclamar ampliar la prestación, dado que el padre está privado de la patria potestad, no existe beneficiario de la pensión de viudedad y ante la situación de falta de recursos de la menor, según ha explicado Col·lectiu Ronda.
En 2015 el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Mataró (Barcelona) declaró la privación de patria potestad parental al padre porque consideró probado que el hombre "no se ha interesado ni cubierto necesidades afectivas ni económicas de su hija", que cumpliría entonces 14 años, en los nueve años anteriores, y habiendo hecho dejación de sus obligaciones parentales.
El juez de Barcelona ha dictado contra el criterio que han sostenido en ocasiones el Tribunal Supremo y el Constitucional que considera que es condición necesaria acreditar la pérdida de los dos progenitores para acceder a la orfandad absoluta --del 52%, frente al 20% de cuando muere un progenitor--, según el colectivo de abogados.
También ha tenido en cuenta también la jurisprudencia que sentaron sentencias anteriores de tribunales del Estado, así como que el padre de la demandante no es perceptor de la pensión de viudedad.
El INSS reconoció en 2015 una pensión de orfandad del 20%, de una base reguladora de 1.536 euros al mes, que un juzgado de Barcelona aumentó a una base de 2.589 euros por el salario de la causante ante una reclamación por despido a una empresa en la que trabajó, y la sentencia actual, del 25 de mayo de 2018, ha aumentado el porcentaje al 52% al reconocer la "orfandad absoluta".