Reguant y Baños recurren la sanción alegando "perjuicio moral" en responder a VOX

Procés.- Reguant y Baños recurren la sanción alegando "perjuicio moral" en respo
EUROPA PRESS
Publicado: martes, 26 marzo 2019 13:16

BARCELONA, 26 Mar. (EUROPA PRESS) -

La concejal de la CUP en Barcelona Eullia Reguant y el exdiputado del partido en el Parlament Antonio Baños han presentado sendos recursos ante el TS contra la sanción de 2.500 euros por negarse a contestar las preguntas de la acusación popular de VOX en el juicio del 1-O, porque responder les hubiera causado "un perjuicio moral".

En rueda de prensa, Reguant ha alegado que negarse a declarar a Vox "era una cuestión de compromiso antifascista y de ética, y ante la ética y la conciencia no puede haber esta sanción", y ha añadido que la objeción de conciencia es un deber en este caso.

La edil ha reiterado que no quieren contestar a VOX porque el Supremo "no puede naturalizar la presencia de la extrema derecha en un juicio ya de por sí polémico, discutible y un juicio político".

Su partido pondrá todas las herramientas "para que no se normalice la presencia de VOX y para desenmascarar lo que hay detrás", y ha negado que la CUP les esté dando publicidad con esta acción.

Ha apostado por vincular directamente a este partido con el fascismo, en sus palabras, y ha lamentado que el candidato del PSC a la Alcaldía de Barcelona, Jaume Collboni, dijera que los extremos se tocan: le ha replicado que el antifascismo y el fascismo no se tocan, sino que están en las "antípodas".

RECURSO

El escrito del abogado de Reguant, Daniel Amelang, se ampara en el artículo 418 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim), que constata que "ningún testigo podrá ser obligado a declarar acerca de una pregunta cuya contestación pueda perjudicar material o moralmente".

Así, recuerda que Reguant y Baños justificaron su negativa a responder a la acusación popular de Vox, en el primer caso al tratarse de un 'partido machista y xenófobo', y en el segundo caso por 'dignidad democrática y antifascista', por lo que, según el escrito, el haber contestado "les provocaría un innegable perjuicio moral".

Para el abogado, "la presencia de un partido con estas características en el juicio puede ya de por sí puede contaminar todo el procedimiento por el abuso que se está haciendo de la acusación popular".

"El hecho de que un testigo se vea forzado a contestar al representante de un partido que presenta estas características le puede causar un perjuicio moral", ha insistido el abogado.

También alegan en el recurso que el acuerdo de corrección disciplinaria en base al artículo 554.1 b) de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) "no es de aplicación en esta situación" porque se prevé solo para abogados y procuradores, y que además se han vulnerado las normas procesales.

Sobre qué harán si les rechazan el recurso, Amelang ha explicado que les queda la posibilidad de presentar un recurso de alzada ante la Sala de Gobierno, y después "es dudoso porque hay jurisprudencia contradictoria" sobre si se puede interponer un recurso contencioso administrativo.

Si no, solo les quedaría acudir al Tribunal Constitucional por presunta vulneración de derechos fundamentales, y posteriormente al Tribunal de Estrasburgo, lo que se irá decidiendo paso a paso, ha puntualizado Reguant.

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