BARCELONA, 14 Nov. (EUROPA PRESS) -
La síndica de Greuges de Barcelona, Maria Assumpció Vilà, ha recomendado al Ayuntamiento que las sanciones que se impongan por esparcir desperdicios o ensuciar la vía pública alrededor de los contenedores se basen en hechos constatados y probados y no en indicios.
En un comunicado este jueves, ha explicado que en los últimos meses ha supervisado dos casos, de una farmacia y de un ciudadano, y ha acabado dando la razón a los reclamantes porque "fueron denunciados sin las pruebas suficientes", ante lo que ha pedido al consistorio retirarles las multas.
El primer caso es el de una farmacéutica multada con 300 euros que está en desacuerdo con la denegación por parte del Ayuntamiento de sus alegaciones contra la sanción, que el consistorio le impuso en marzo por haber dejado dos cajas de medicamentos fuera de los contenedores.
La reclamante, que presentó la queja en julio, reconoce que las cajas son suyas, pero asegura que no ha sido ella quien las ha depositado en la vía pública, y expone que muchas veces las da a sus clientes para que puedan llevarse con comodidad la compra.
Las pruebas del Ayuntamiento son la hoja de la denuncia y el informe de inspección con fotografías de las cajas fuera del contenedor con las etiquetas identificativas de la farmacia, lo que el consistorio ve "pruebas suficientes" que muestran la responsabilidad de la farmacéutica.
"UN MERO INDICIO"
Para Vilà, se trata solo de "un mero indicio", y subraya que el inspector no fue testigo y las suposiciones u opiniones personales no son válidas para atribuir responsabilidades.
El segundo caso supervisado es el de un ciudadano que fue sancionado en julio de 2011 con 90,15 euros por escoger y seleccionar residuos en la vía pública, cuando él asegura que sólo estaba mirando un cuadro que alguien había dejado abandonado fuera de un contenedor.
Al vecino se le acusó de infringir el artículo 63.2.d de la Ordenanza sobre uso de las vías y los espacios públicos, que define la conducta infractora como la elección y selección de residuos depositados en la vía pública, pero considera que no es aplicable en este caso.
El vecino presentó la queja a la síndica en abril y en ella explica que, mientras miraba la pintura, fue rodeado por cuatro agentes de paisano que, después de enseñarle la placa policial, le acusaron de estar recogiendo residuos y le sancionaron.
El consistorio también ha desestimado las alegaciones del ciudadano, que agrega que los hechos no tuvieron lugar en el número 12 de la calle Baluard como figura en la denuncia sino en los contenedores de la esquina de Baluard-Maquinista: el Ayuntamiento reconoce que en el 12 de Baluard no hay contenedores y que los más próximos son los que cita el ciudadano.