El TC antepone las competencias estatales y multilaterales en materia de financiación

Europa Press Catalunya
Actualizado: viernes, 9 julio 2010 18:12

BARCELONA 9 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Sentencia del Tribunal Constitucional (TC) sobre el Estatut antepone las competencias estatales y multilaterales a las que fija el texto catalán a favor de la Generalitat en materia de financiación, desde la participación en el rendimiento de los tributos estatales hasta los mecanismos de nivelación y solidaridad, pasando por la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Generalitat.

Así, el TC fija esta preeminencia del Estado y los organismos multilaterales entre el Ejecutivo central y las comunidades autónomas como interpretación para considerar constitucionales los artículos 206 y 210, así como las disposiciones adicionales octava, novena y décima.

Además, la sentencia justifica la eliminación de una parte del artículo 206 (denominado Participación en el rendimiento de los tributos estatales y mecanismos de nivelación y solidaridad) por inconstitucional, ya que corresponde al Estado decidir el esfuerzo fiscal que debe realizar cada autonomía, en coordinación con todas ellas.

(HABRÁ AMPLIACIÓN)

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