El TC declara inconstitucional el impuesto catalán sobre la producción de energía nuclear

Fachada del Tribunal Constitucional (TC)
EUROPA PRESS
Actualizado: miércoles, 27 abril 2016 18:24

   BARCELONA, 27 Abr. (EUROPA PRESS) -

   El Tribunal Constitucional (TC) ha anulado por inconstitucional la ley catalana que estableció el impuesto sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera producidas por la aviación comercial, del impuesto sobre la emisión de gases y partículas a la atmósfera producida por la industria y del impuesto sobre la producción de energía eléctrica de origen nuclear.

   En una sentencia recogida por Europa Press, el Pleno del TC concluye que hay "coincidencias sustanciales" entre el impuesto sobre la energía de origen nuclear catalán y el impuesto estatal que grava la producción de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos resultantes de la generación de energía nucleoléctrica.

   "La coincidencia entre los elementos esenciales permite concluir no sólo que se grava la misma actividad, sino que se hace también desde la misma perspectiva", sostiene la sentencia, que da la razón a la demanda presentada por la Abogacía del Estado en representación del Gobierno central que aludía a dichas coincidencias.

   El TC recuerda que las prohibiciones de equivalencia tienen como objetivo evitar que se produzcan dobles imposiciones no coordinadas, "garantizando de esta manera que el ejercicio de poder tributario por los distintos niveles territoriales sea compatible con la existencia de un sistema tributario" en los términos en que exige la Constitución.

   El TC considera que existe equivalencia entre ambos tributos --pese a que la Generalitat insistía en que había diferencias sustanciales entre ambos impuestos--, y expone que ambos gravan tanto la producción de combustible como los residuos.

   "El hecho de que el impuesto estatal grave, además, la producción de residuos radiactivos, no obstaculiza la conclusión alcanzada de coincidencia de hechos imponibles", añade el Constitucional.