El TSJC anula la zona de mercado residencial tensionado de varios municipios metropolitanos

La sentencia no tendrá efectos porque varios artículos de la ley catalana fueron declarados inconstitucionales

Europa Press Catalunya
Publicado: lunes, 3 noviembre 2025 18:19
Archivo - Vistas de la ciudad de Barcelona.
Archivo - Vistas de la ciudad de Barcelona. - David Zorrakino - Europa Press - Archivo
BARCELONA, 3 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha declarado nula la zona de mercado residencial tensionado de determinados municipios del Área Metropolitana de Barcelona (AMB), en respuesta a un recurso de apelación de la Cambra de la Propietat Urbana de Barcelona (CPUBCN) contra la AMB y la Agència de l'Habitatge de Catalunya.

El recurso está relacionado con la Ley Catalana 11/2020, de 18 de septiembre, de Medidas Urgentes en Materia de Contención de Rentas en los contratos de Arrendamiento de Vivienda.

La sentencia, dictada por la Sección 3 de lo Contencioso-Administrativo del TSJC y consultada por Europa Press, anula el acuerdo adoptado el 27 de julio de 2021 por el Consell Metropolità de la AMB pues considera que la reducción del trámite de información pública correspondiente a la vía de urgencia solo es posible en acuerdos promovidos y tramitados por la Generalitat.

"Hacer extensiva esta reducción al ámbito local habría supuesto una clara vulneración del título competencial estatal contenido en el artículo 149.1.18" de la Constitución española, afirma la sala.

Alude el tribunal a la falta de competencias de las personas que habrían emitido los preceptivos informes técnicos municipales y la omisión de las actuaciones que, de acuerdo con la ley, debería acometer AMB: "Resulta inverosímil que los informes municipales firmados por técnicos fuesen emitidos por iniciativa propia y no por indicación de las respectivas corporaciones".

"GRAN IMPACTO JURISPRUDENCIAL" "La resolución no tendrá efectos porque determinados artículos de la Ley del Parlament de Catalunya ya fueron declarados inconstitucionales en la sentencia 37/2022, de 10 de marzo, del Tribunal Constitucional", ha asegurado en un comunicado este lunes el presidente de la Cambra, Joan Ràfols.

No obstante, la entidad considera que la resolución tiene "un gran impacto jurisprudencial, que no admite dudas", sobre todo en lo que se refiere a la actual declaración de áreas de mercado residencial tensionado que limita las rentas del alquiler en los arrendamientos viviendas y que se basa en la ley estatal 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda.

Últimas noticias sobre estos temas

Contenido patrocinado