El TSJC avala reuniones de hasta 10 personas y aforo del 50% en actos religiosos

Cree que son "medidas proporcionadas, ponderadas y suficientes" y no vulneran derechos fundamentales

Archivo - Fachada de la Audiencia de Barcelona (ARCHIVO)
Archivo - Fachada de la Audiencia de Barcelona (ARCHIVO) - DAVID ZORRAKINO - EUROPA PRESS - Archivo
Europa Press Catalunya
Actualizado: jueves, 20 mayo 2021 14:52

   BARCELONA, 20 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha avalado las medidas de la Generalitat para ampliar de 6 a 10 el número máximo de personas en las reuniones y restringir el aforo de los actos religiosos y las ceremonias civiles al 50%, con un máximo de 1.000 personas.

En un auto, consultado por Europa Press, la Sala Contenciosa da la autorización judicial a estas medidas frente al Covid-19, que pidió porque están relacionadas con derechos fundamentales.

Respecto a los actos religiosos y las ceremonias civiles, las que sean al aire libre o en espacios cerrados bien ventilados podrán reunir hasta 3.000 personas.

Los jueces valoran que las medidas se ajustan al informe de la situación pandémica en Catalunya, y creen que las restricciones que propone el Govern son "idóneas para salvaguardar el derecho fundamental a la vida y a la integridad física".

"No se aprecia una suspensión de derechos fundamentales, sino la adopción de medidas proporcionadas, ponderadas y suficientes para la preservación de los derechos fundamentales a la vida y la integridad física", y fijan que estas medidas podrán estar en vigor como máximo hasta el 7 de junio.

Además de estas medidas, el Govern también ha ampliado el aforo en el sector cultural, las universidades y el comercio, que se aplicará a partir del 24 de mayo.

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