BARCELONA, 20 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha avalado las medidas de la Generalitat para ampliar de 6 a 10 el número máximo de personas en las reuniones y restringir el aforo de los actos religiosos y las ceremonias civiles al 50%, con un máximo de 1.000 personas.
En un auto, consultado por Europa Press, la Sala Contenciosa da la autorización judicial a estas medidas frente al Covid-19, que pidió porque están relacionadas con derechos fundamentales.
Respecto a los actos religiosos y las ceremonias civiles, las que sean al aire libre o en espacios cerrados bien ventilados podrán reunir hasta 3.000 personas.
Los jueces valoran que las medidas se ajustan al informe de la situación pandémica en Catalunya, y creen que las restricciones que propone el Govern son "idóneas para salvaguardar el derecho fundamental a la vida y a la integridad física".
"No se aprecia una suspensión de derechos fundamentales, sino la adopción de medidas proporcionadas, ponderadas y suficientes para la preservación de los derechos fundamentales a la vida y la integridad física", y fijan que estas medidas podrán estar en vigor como máximo hasta el 7 de junio.
Además de estas medidas, el Govern también ha ampliado el aforo en el sector cultural, las universidades y el comercio, que se aplicará a partir del 24 de mayo.