El TSJC rechaza el recurso de ICV contra la prórroga de los presupuestos

Joan Herrera y Dolors Camats
Foto: EUROPA PRESS
Actualizado: jueves, 20 febrero 2014 15:45

Dice que tendrían que haber usado la vía política y en último caso ir al Contitucional

   BARCELONA, 20 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha rechazado el recurso de protección jurisdiccional de los derechos fundamentales presentado por ICV contra la prórroga de los presupuestos de la Generalitat de 2013.

   En la sentencia de la Sección Segunda de la sala contenciosa-administrativa del 13 de febrero, se argumenta que los ecosocialistas tendrían que haber recurrido a los mecanismos que prevé el reglamento del Parlament y, en caso de no fructificar su iniciativa, acudir al Tribunal Constitucional (TC) y no a la justicia ordinaria.

   Así, se apunta que los diputados recurrentes tendrían que haber fiscalizado, censurado o reprobado las acciones del Ejecutivo catalán mediante interpelaciones, mociones, control del cumplimiento de las mociones y propuestas de resolución.

   En el recurso de amparo promovido por el líder de ICV, Joan Herrera, los ecosocialistas pretendían que el Govern fuese condenado a presentar en la Cámara el Proyecto de Ley de Presupuestos de la Generalitat para 2013 y, de esta manera, "reestablecer el derecho fundamental de participación política de los parlamentarios".

   Pero el TSJC recuerda que el ordenamiento jurídico español reserva a la justicia constitucional, y no a la ordinaria, "la resolución de los litigios sobre el estatus parlamentario o sobre la relación entre poderes de rango constitucional y estatutario".

"LITIGIO SINGULAR"

   Por todo ello, la Sección Segunda del la sala contenciosa-administrativa ha declarado "la inadmisibilidad del presente recurso de amparo ordinario, sin ningún pronunciamiento sobre el fondo".

   Califica este litigio, además, de "una singularidad más que evidente", con serias dudas de derecho y sobre todo alude a una falta de normativa específica sobre conflictos estatutarios.