Publicado 13/05/2020 16:23

Ratifican la unificación de las seis acusaciones populares personadas en la causa del Tarajal

Acto en recuerdo de las víctimas del Tarajal en el Templo de Debod en Madrid
Acto en recuerdo de las víctimas del Tarajal en el Templo de Debod en Madrid - EUROPA PRESS - Archivo

CEUTA, 13 May. (EUROPA PRESS) -

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Cádiz con sede en Ceuta ha ratificado íntegramente el auto con el que hace algo más de un año la jueza instructora de la causa del Tarajal decidió "unificar" bajo la misma dirección letrada y representación procesal las acusaciones populares personadas en las diligencias abiertas por los hechos ocurridos en el espigón marítimo fronterizo sur de la ciudad autónoma el 6 de febrero de 2014, cuando 15 migrantes murieron ahogados intentando entrar en España.

La Audiencia todavía debe resolver los recursos presentados contra el archivo del caso apelando a la 'Doctrina Botín' que dictó la magistrada instructora en octubre, así como contra el rechazo a la personación en el caso de varios familiares de las víctimas mortales en calidad de acusación particular.

De momento la Sala ha desestimado los recursos de apelación interpuestos por las representaciones de la Asociación Observatori Drets Humans (Desc) y de la Asociación Coordinadora de Barrios para el Seguimiento de Menores y Jóvenes contra el auto en el que la instructora acordó condicionar el ejercicio de la acción popular en la causa a que todas las acusaciones populares personadas en la misma se ejerciten bajo la misma dirección letrada y representación procesal.

El tribunal considera, en línea con la posición de la Fiscalía y la Abogacía del Estado, que las dos entidades recurrentes (el total de las personadas son seis, entre ellas CEAR, APDH...) no han justificado "cuáles son los distintos puntos de vista en sus posiciones procesales y sustantivas que ponen de manifiesto las supuestas divergencias que les impedirían un adecuado ejercicio del derecho de defensa por mor de la obligada unificación".

"Vemos con claridad, en la misma línea que la instructora, razones de riesgo de dilaciones indebidas, que se deducen de los propios argumentos de la primera entidad apelante", pone de manifiesto la Audiencia, que considera asimismo que "la alegación de haber infringido la propia juez de Instrucción el principio que prohíbe ir contra los propios actos resulta insólita y absolutamente carente de sentido".

La causa del Tarajal fue sobreseída por tercera vez el pasado 29 de octubre, apenas un mes después de que la titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Ceuta instase el procesamiento de 16 guardias civiles por presuntos delitos de homicidio por imprudencia grave con resultado de muerte y denegación de auxilio.

Para archivar el caso la magistrada argumentó que "en el procedimiento abreviado no es admisible la apertura del juicio oral a instancias, en solitario, de la acusación popular" y que la legitimación de ésta "para impetrar válidamente la apertura de juicio oral se ve restringida por la llamada 'Doctrina Botín".

Todas las partes, incluida la Fiscalía y los abogados de los guardias civiles investigados, han recurrido esa resolución. El Ministerio Público y las defensas, alegando que la Audiencia debe concluir que el sobreseimiento está fundado en la ausencia de cualquier reproche penal a los agentes de la Benemérita. La representación letrada de las familias de las víctimas ha insistido en su derecho a personarse y las acusaciones populares, invocando "una limitación evidente del ejercicio de la acusación popular y una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva y del derecho a un proceso con todas las garantías".

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