Actualizado 22/12/2010 13:29
- Comunicado -

Las inundaciones catastróficas son debidas a una ordenación defectuosa del territorio

- "Es necesario cumplir la Ley estatal del Suelo, adaptando la ordenación urbana del territorio en función de los mapas de riesgos naturales", indica Luis Suárez, presidente del Colegio Oficial de Geólogos.

- Andalucía, Valencia y Cataluña son las comunidades con más riesgo de inundaciones y deslizamientos del terreno.

Madrid, 22 de diciembre de 2010.- El presidente del Ilustre Colegio Oficial de Geólogos (ICOG), Luis Suárez, destaca que los daños causados por las inundaciones tienen que ver directamente con una ordenación "defectuosa" del territorio. "Hay que cumplir el artículo 15 del Texto Refundido de la vigente Ley del Suelo, elaborando mapas de riesgos naturales con carácter previo a los planes generales de urbanización de los municipios", explica.

Aboga, asimismo, por la geología preventiva y las políticas municipales responsables para "evitar males mayores". "Si hay un deslizamiento de una ladera inestable o una zona de colapsos activa, no se puede asentar una población sobre ese terreno", indica el presidente del ICOG.

Los riesgos generados por las lluvias torrenciales no solo producen inundaciones, sino que también hay deslizamientos del terreno. Para ello, el presidente del Colegio de Geólogos recuerda que es "competencia de los ayuntamientos elaborar los Planes Generales de Ordenación Urbana (PGOU), que deben ser refrendados por las respectivas Comunidades Autónomas y adaptar la ordenación urbanística a los previos mapas de riesgos naturales".

Ley del suelo.

Como consecuencia de las catástrofes naturales habidas en España, -una de las más conocidas es la del camping de Biescas en 1996 donde murieron 87 personas-, en 2008 se promulgó la Ley del Suelo. Dicha ley obliga a las actuaciones urbanísticas a realizar un informe de sostenibilidad del territorio para adaptar los usos urbanísticos del suelo a los mapas de riesgos naturales. "Si un mapa de riesgos dice que un territorio se inunda cada 5 años, implica que no puede ser urbanizable, porque por cálculos hidrológicos se va inundar una vez cada 5 años", explica el presidente del Ilustre Colegio Oficial de Geólogos. Este periodo de retorno ayuda a los geólogos a delimitar el uso de cada suelo.

Pero, ¿qué se puede hacer con las poblaciones que ya se han asentado en terrenos inundables? Ante esta situación, según Luis Suárez, hay tres medidas: adoptar una política de seguros que responda al riesgo real, aplicar una política de indemnizaciones por expropiaciones y por último invertir en estructuras de control de inundaciones, como pueden ser las presas de laminación de avenidas o las canalizaciones, "aunque éstas sean muy costosas o provoquen impacto ambientales", como reconoce el propio responsable de los geólogos.

España: alto riesgo de inundaciones.

España por el tipo de territorio y el régimen fluvial es un país con alto riesgo de inundaciones. Según un estudio del Instituto Geológico y Minero de España (IGME) sobre riesgos naturales para el período 1986-2016 las pérdidas potenciales por riesgos ascienden a 29.500 millones de euros, de las cuales un 56% pertenecerían a inundaciones. Este mismo estudio coloca a Andalucía como la zona más peligrosa con un 22,5% de riesgo de inundaciones, seguida de la Comunidad Valenciana con un 19,6% y Cataluña con un 18,6%.

Son áreas geográficas donde se producen inundaciones relámpago, debido a fenómenos como la 'gota fría' -en Valencia, principalmente- o inundaciones de tipo flash ocasionadas por tormentas que arrojan grandes cantidades de lluvia sobre pequeñas vertientes.

A estos factores hay que unir la falta de vegetación, ya que ésta produce la retención de la lluvia. "El agua de lluvia se convierte en agua superficial de escorrentía, que no se filtra y provoca efectos devastadores sobre el terreno", puntualiza Suárez.

El Colegio Oficial de Geólogos, en su línea de geología preventiva, pone a disposición de todos los interesados la "Guía ciudadana de riesgos geológicos" donde hay un apartado dedicado a inundaciones.http://issuu.com/epampliega/docs/gu_a_de....

Ilustre Colegio Oficial de Geólogos (ICOG).

El ICOG es una institución sin finalidad lucrativa creada para la defensa y apoyo de los intereses de los Geólogos según la Ley 73/1978 de 26 de Diciembre. Entre sus fines esenciales, destacan la ordenación de la actividad o ejercicio de la profesión de geólogo y la representación exclusiva y defensa de los intereses de la misma. Con sede en Madrid, el Colegio cuenta con delegaciones en Aragón, Asturias, Cataluña y País Vasco. Para más información, puede visitar www.icog.es.

CONTACTO:

Europa Press Comunicación.

Manuel Recio, manuelrecio@europapress.es.

Rubén Marcos, rubenmarcos@europapress.es.

Tfno: 91 359 26 00.

Colegio Oficial de Geólogos:

Enrique Pampliega epampliega@icog.es.

Tfno.: 91 553 24 03.

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