VALENCIA 15 Feb. (EUROPA PRESS) -
El juzgado de Instrucción número 10 de Valencia ha acordado absolver a una mujer, agente de Policía Nacional, denunciada durante los incidentes de la 'Primavera Valenciana', que tuvieron lugar en febrero de 2012, al considerar "dudosa", "inconcreta" y "carente de respaldo" la versión de la denunciante, de 17 años en el momento de los hechos, según consta en una sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.
Los hechos se remontan al 20 de febrero de 2012, con motivo de diversas alteraciones de orden público producidas en la ciudad de Valencia a raíz de concentraciones y manifestaciones celebradas a partir de las 14.00 horas dentro del movimiento conocido como 'Primavera Valenciana', lo que obligó a ejercitar una intervención policial con varios dispositivos de control, según recoge la resolución.
En esta intervención participó la agente denunciada, quien en un momento de la tarde retuvo a una joven --la denunciante-- y la intentó llevar a la acera, siguiendo el protocolo policial y para evitar la ocupación de la vía pública. Dos meses más tarde, la joven denunció a la agente y manifestó haber sufrido intimidación, acoso y golpes en las piernas por parte de policías.
Con motivo de la denuncia, el juez abrió juicio y considera el testimonio de la joven "dudoso", "inconcreto" y "carente de respaldo probatorio objetivo alguno". En primer lugar, al magistrado le llama la atención que la joven tardara dos meses en interponer la denuncia, y afirma que ésta no pudo ofrecer una explicación "razonable" sobre el motivo de "semejante tardanza", más allá de "una poco convincente alusión a la realización de exámenes" y a que "se lo tuvo que pensar".
Asimismo, el juez destaca que en el juicio, la denunciante "no supo especificar mínimamente" cuáles fueron los actos de intimidación y acoso que denunció, "más allá de que los agentes, supuestamente, le dijeran 'niña, tú a dónde vas'", según declaró.
En cuanto a los golpes que denunció, el magistrado señala que "también" modificó su denuncia, apuntando a que fue golpeada en el brazo y no en las piernas, y que tenía una marca de la porra. Además, recalca que la joven "no acudió al médico" y, por tanto, carecía de un parte médico que permita avalar, desde un punto de vista objetivo, las lesiones pretendidamente padecidas.
ES "LLAMATIVO"
"A mayor abundamiento", agrega el juez, también es "llamativo" el hecho de que la denunciante se reconociera durante la vista en algunas de las fotografías expuestas, pero sin embargo "no supiera concretar en qué lugar se encontraba ni tampoco a dónde iba o qué hacía exactamente y ni tan siquiera la hora en que sucedieron los hechos".
Asimismo, el magistrado tiene en cuenta la versión de la denunciada, quien afirmó que en el momento plasmado en diferentes imágenes, lo que estaba haciendo era llevar a la denunciante hacia la acera, puesto que había ocupado la calzada. También negó haber empleado la defensa reglamentaria contra ella.
En resumen, con las pruebas practicadas y examinadas, el juez determina que no puede concluirse la comisión del ilícito que se denunció, ya que considera que la agente se limitó a efectuar la preceptiva intervención policial en este caso concreto, tratando de llevar a la joven hacia la acera para evitar la ocupación de la vía pública.