Alcón pide archivar la causa por fraude a Hacienda al no haber dolo y ser "ilícito" el procedimiento de inspección

Actualizado: jueves, 17 marzo 2016 19:44

Los investigados no tributaron una herencia pensando que, o lo había pagado su padre fallecido, o habría prescrito el derecho de la AEAT

VALENCIA, 17 Mar. (EUROPA PRESS) -

La defensa de la exconcejala del Ayuntamiento de Valencia María José Alcón ha solicitado el archivo de las actuaciones judiciales iniciadas contra ella, su madre y sus dos hermanos por un presunto delito contra la Hacienda Pública alegando que el procedimiento que siguió la inspección tributaria fue "ilícito" y porque, además, no hubo voluntad de defraudar, sino que actuaron conforme a una "interpretación razonable" de la normativa.

Así figura en el recurso de reforma interpuesto por la representación legal de Alcón y su madre contra el auto de procesamiento del juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Mislata (Valencia). También ha recurrido otra resolución de la jueza en la que rechazaba la práctica de una diligencia.

La jueza decidió, en un auto fechado el 3 de marzo, procesar a Alcón y tres familiares al entender que hay indicios de que delinquieron al no presentar la declaración del IRPF correspondiente al padre fallecido cuya herencia percibieron.

La magistrada cifra en 192.131 euros el dinero supuestamente defraudado porque "no presentaron la declaración del IRPF relativa al periodo impositivo de 1 de enero de 2009 al 17 de noviembre de 2009, fecha del fallecimiento del causante de la herencia y de la firmeza de la resolución judicial que reconocía al fallecido y a su esposa el justiprecio por la expropiación" de dos fincas registrales. Además, cree que "también existen indicios" de que la madre de la exedil defraudó otros 190.000 euros en la liquidación del IRPF correspondiente al ejercicio de 2009.

El recurso presentado contra esta decisión, datado el 9 de marzo y al que ha tenido acceso Europa Press, sostiene que "hay datos evidentes de que el procedimiento seguido por la inspección tributaria, que dio lugar al informe de delito y a la presentación de la querella del ministerio fiscal, es ilícito, por contrario a la ley, que impide a volver a comprobar un tributo ya comprobado".

En este sentido, detalla que el inicio de la inspección tributaria se debió al conocimiento por parte de la Delegación de Valencia de un dato conocido previamente en un procedimiento de comprobación seguida por la misma Agencia Tributaria pero en la oficina de Manises, que terminó con la correspondiente liquidación del mismo tributo.

Por tanto, añade, cuando sobre el mismo objeto --en este caso el IRPF de 2009-- ya había seguido Hacienda un procedimiento de comprobación tributaria, es "ilícito seguir un posterior procedimiento de inspección con los mismos datos que ya se conocían entonces, sin nada nuevo".

"JAMÁS" HUBO OCULTACIÓN

Además, en sus alegaciones rechaza que se haya producido dolo defraudatorio, puesto que "jamás se ocultó la existencia de los derechos de crédito: figuraban en el inventario que se presentó ante Conselleria, ante el Ayuntamiento de Valencia (para cobrarlos) y ante la misma Agencia Tributaria (recaudación de Manises)".

Por ese motivo, defiende que es "insostenible afirmar la existencia de dolo defraudatorio en quien ha puesto de manifiesto la existencia del hecho imponible ante todas las administraciones con competencia en materia tributaria".

Agrega que los investigados actuaron confirme a una interpretación "razonable" de la norma porque "no tributaron pensando que, o lo había pagado su padre fallecido en su momento, o habría prescrito el derecho de la Agencia Tributaria".

"Y esa opinión de los imputados sobre la posibilidad de
prescripción de la deuda es más que razonable: los tribunales han
dicho en supuestos similares que el momento de devengo del
impuesto es el de la ocupación de la finca en la expropiación, que
aquí sucedió en 2006 (con lo que habría prescrito tanto la "acción
administrativo' como la penal)", asevera el recurso.

En consecuencia, se solicita que se revoquen los autos impugnados, que se devuelva el procedimiento a la fase de instrucción y que se practique en ella la diligencia de investigación propuesta para poder luego pedir el sobreseimiento de las actuaciones. Alternativamente, se pide la revocación de los mencionados autos para acordar el sobreseimiento libre y el archivo de la causa.

INVESTIGADA EN IMELSA

Se da la circunstancia de que María José Alcón fue una de las detenidas en la fase de la 'Operación Taula' dentro del caso Imelsa desarrollada en enero. La exedil quedó en libertad bajo fianza como investigada en las diligencias abiertas por prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, cohecho y blanqueo de capitales. Como medida cautelar, el juez de Instrucción número 18 de Valencia decidió el embargo de todos sus bienes.


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