La Audiencia absuelve a Aparici de delito medioambiental y prevaricación por residuos del vertedero

Actualizado: miércoles, 15 diciembre 2010 15:43

CASTELLÓN, 15 Dic. (EUROPA PRESS) -

La sección primera de la Audiencia Provincial de Castellón ha absuelto al vicepresidente segundo de la Diputación de Castellón, Vicent Aparici, de los delitos contra el medio ambiente y prevaricación de los que le acusaba el fiscal en relación a la existencia de residuos en el vertedero ilegal de El Garrut en la etapa en la que fue alcalde de Vall d'Uixó.

En la sentencia se indica que no se puede atribuir a Aparici el delito medioambiental por omisión porque la problemática del vertedero "fue objeto de numerosas actuaciones del Ayuntamiento tendentes a controlar y reducir el riesgo contaminante".

El tribunal también absuelve a los entonces concejales de Obras Pública y Urbanismo, en diferentes etapas, Alfonso López Fernández y Enrique Segarra Esteve del delito de prevaricación medioambiental, mientras que condena a Marcelino Carretero, encargado de gestionar el vertedero entre enero de 1992 y septiembre de 1999, por un delito contra el medio ambiente a la pena de trece meses y medio de prisión, inhabilitación para el ejercicio de profesión y oficio relacionado con la gestión de vertederos durante un año y multa de ocho meses con una cuota diaria de 12 euros.

En los hechos probados se indica que el vertedero gestionado por Marcelino Carretero no disponía de impermeabilización en su fondo, canalización de aguas pluviales, sistema de recogida de lixiviados, sistema de captación de biogás, cerramiento perimetral, control de acceso, puntos de recogida selectiva de residuos, báscula, ni de registro diario de usuarios y vertidos.

En el mismo se vertían y depositaban sin compactar los residuos mezclados, salvo los residuos industriales derivados del curtido de pieles que se depositaron en la zona próxima al barranco El Garrut, y los d procedentes de la depuradora. El volumen total de residuos estimados se fijó pericialmente en 374.000 metros cúbicos.

Debido a la gran cantidad de residuos acumulados y a la gestión "incontrolada" de los mismos, se produjeron varias combustiones espontáneas internas, incluso con peligro de explosión, y se originaron gases y partículas tóxicas.

Además, el contacto de los residuos con las aguas pluviales y los fluidos ocasionados por los procesos de descomposición de las sustancias orgánicas generaron lixiviados que se acumulaban en los terrenos con baja permeabilidad en forma de charcos o balsas que alcanzaban el cauce del Garrut por escorrentía en épocas de lluvias.

La sentencia indica que, desde el punto de vista de la realidad física del vertedero, no se constata la actuación meramente pasiva u omisiva de Aparici ni de la corporación municipal.

En cuanto a la prevaricación, la sala indica que no consta ningún informe favorable a la concesión de licencia alguna, ni tampoco actividad inspectora de los acusados, "pues se puso de manifiesto que la inspección del vertedero era llevada a cabo por el ingeniero municipal, sin que conste que silenciase la situación en que se hallaba".

Por otra parte, se señala que la mala gestión de los vertidos tiene su origen muchos años atrás y la gestión municipal se desarrolla a lo largo de los años en línea de continuidad con lo que se venía haciendo en los años 90 y, fruto del aumento del volumen de basuras y de su deficiente tratamiento, en un momento dado da lugar a un problema de contaminación importante.

Asimismo, se destaca que las competencias en esta materia eran de la administración autonómica, por lo que aunque se elaboró un proyecto por parte del Ayuntamiento en 1992, éste no fue autorizado, y dentro de Vall d 'Uixó "no existían alternativas viables al emplazamiento del vertedero". "En suma, no concurre ilegalidad flagrante ni arbitrariedad en la actuación de los acusados, por lo que deben ser absueltos del delito de prevaricación madioambiental".