CASTELLÓN 31 Ene. (EUROPA PRESS) -
El asesor legal de la Unión de Consumidores (UCE) de Castellón, Enric Pallarés, advirtió hoy en rueda de prensa a los consumidores de que a la hora de suscribir un contrato de crédito al consumo no tienen que pagar ningún tipo de interés ni gasto si no se establecen "de forma clara" las condiciones del mismo, "puesto que el cliente no las ha aceptado expresamente".
La UCE basa esta advertencia en una sentencia dictada por el juzgado de primera instancia número 3 de Vila-real (Castellón) y ratificada por la sección tercera de la Audiencia Provincial, en la que, tras la demanda de un consumidor, se condena a un banco a descontar el tipo de interés y los gastos que suponían la contratación de un crédito al consumo firmado por el demandante en un comercio "por no especificarse en los impresos que dicho establecimiento dio a firmar al cliente los costes que supondría el préstamo", según explicó Pallarés.
En este caso, el cliente suscribió un préstamo con el establecimiento de 6.000 euros para la adquisición de un audífono, en cuyos impresos aparecían los plazos a devolver, pero no el TAE, ni el tipo de interés nominal, ni los gastos. "El consumidor se encontró con la sorpresa de que cuanto el remitieron el primer recibo a cobro tenía 60 euros de gastos por apertura del crédito y un TAE del 15,49 por cien", indicó el representante de la UCE.
La UCE, en aplicación de la Ley de Crédito al Consumo, entendió que "si no habían quedado justificados algunos de los requisitos básicos, como el TAE o los gastos, no le podrían pasar a cobro, lo que nos hizo interponer una demanda".
El juzgado decidió que "todo lo que había pagado hasta el momento el consumidor --dos primeros recibos y la comisión de apertura-- se deduzcan del préstamo principal y el resto se divida por las 58 cuotas", con lo que "básicamente el consumidor no paga ningún tipo de interés, es decir, tendrá el préstamo totalmente gratuito gracias a este error", dijo.