Condenado a 9 años de prisión y a pagar 20.000 euros de indemnización por violar a una menor

Actualizado: sábado, 24 marzo 2012 18:50

CASTELLÓN, 24 Mar. (EUROPA PRESS) -

La sección primera de la Audiencia Provincial de Castellón ha condenado a un hombre a nueve años de prisión y a indemnizar con 20.000 euros por daños morales a una joven a la que violó y obligó a practicarle dos felaciones en 2009, cuando ésta tenía 16 años.

Así consta en la sentencia, recogida por Europa Press, en la que el tribunal considera al procesado como autor de un delito de violación con el agravante de abuso de superioridad. Además de la pena de cárcel, el hombre deberá pagar a la joven 20.000 euros por daños morales y otros 300 por daños físicos y no podrá acercarse ni comunicarse con ella durante un plazo de 10 años tras el cumplimiento de la pena.

El ministerio fiscal solicitaba en sus conclusiones 10 años de prisión y una indemnización, mientras que la acusación particular pedía 12 años de cárcel y 75.000 euros y la defensa solicitaba la libre absolución del acusado.

Los hechos se remontan al 14 de febrero de 2009, cuando la joven esperaba la llegada de un autobús para acudir a un ensayo de baile y el procesado se ofreció a trasladarla en su propio coche, a lo que la menor accedió finalmente, según consta en la sentencia. No obstante, en vez de dirigirse al lugar acordado, el procesado emprendió la marcha hacia un lugar apartado "con intención de atentas contra la indemnidad sexual de la joven y satisfacer sus apetencias sexuales".

Así, a pesar que la joven se negaba entre llantos y súplicas, le obligó practicarle, bajo el uso de la fuerza, una felación amenazándola con que si no lo hacía la mataría a puñetazos. Además, la obligó a desnudarse y la violó, y posteriormente volvió nuevamente a exigirle la práctica de sexo oral.

La víctima sufrió lesiones en la pierna derecha y en el muslo izquierdo al tratar de escapar del coche, así como dos desgarros en el himen. También necesitó asistencia psicológica por síndrome ansioso depresivo y sigue en tratamiento por síndrome de estrés postraumático.

La Audiencia Provincial señala que los hechos constituyen un delito de violación y destacan que la existencia de los actos fue reconocida por el acusado y constatada por las pruebas de ADN. No obstante, la defensa alegaba que la relación sexual fue consentida y apuntaba que la declaración de la víctima perseguía la obtención de un rédito económico y se basaba en una enemistad entre ambos.

DECLARACIÓN "FIRME" DE LA JOVEN

Para el tribunal, sin embargo, la declaración de la joven es "firme" y no hay pruebas de que ambos se conocieran con anterioridad. Asimismo, señala que "la legítima pretensión de ser resarcida por los daños no basta para invalidar el testimonio" y recuerda que el informe médico y psicológico de la joven confirma su versión de los hechos.

Respecto a la indemnización, la establece en 20.000 euros, por debajo de la cantidad solicitada por fiscal y acusación particular, al considerar que "exceden con mucho las indemnizaciones que el propio Tribunal Supremo estima razonables en supuestos de esta naturaleza".

En la pena de 9 años de prisión, la sentencia establece que se le abonará al procesado el tiempo que estuvo privado de libertad por esta misma causa, desde el 14 de febrero al 23 de marzo de 2009 y desde el 27 de noviembre de 2009 hasta la actualidad.