Gobernación concluye el expediente de autorización de compra-venta de la Fundación del Valencia CF

La Fundación Valencia traspasa sus acciones a Peter Lim. Archivo
JUAN CATALÁN/FVCF
Actualizado: jueves, 5 febrero 2015 14:12

El Protectorado de Fundaciones autoriza la venta de la mayoría accionarial del club, propiedad de la Fundación Valencia CF

VALENCIA, 5 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Conselleria de Gobernación y Justicia ha concluido los trámites del expediente de autorización de venta de las acciones del Valencia Club de Fútbol SAD solicitada al Protectorado de Fundaciones de la Generalitat, adscrito a este departamento.

Según ha informado la Generalitat en un comunicado, de acuerdo con la Ley 8/1998 de 9 de diciembre de Fundaciones de la Comunitat Valenciana, el Protectorado "es el órgano administrativo de la Generalitat que ejerce las funciones de supervisión que le atribuye la legislación vigente, respecto de las fundaciones inscritas en el Registro de la Comunitat Valenciana".

En desarrollo de estas funciones, la normativa en materia de fundaciones recoge que el Protectorado debe "autorizar y someter a diferentes medios de intervención administrativa a las fundaciones" y "un ejemplo de ello es la autorización de la venta de los bienes y derechos más importantes".

EL 72% DEL CAPITAL SOCIAL

La Fundación Valencia CF de la Comunitat Valenciana era titular de un total de 1.481.368 acciones de la mercantil Valencia CF SAD, cerca del 72 por ciento del capital social. Se trata de unas acciones que el Patronato, como órgano de gobierno de la entidad, acordó su venta a la empresa Meriton Holdings Ltd --regida por el singapurense Peter Lim, actual máximo accionista del Valencia-- en ejercicio de su competencia.

En este sentido, el Protectorado de Fundaciones de la Generalitat supervisa el cumplimiento de los requisitos legales de la solicitud de tramitación de la compra-venta presentada, "si bien no tiene competencias para modificar o alterar los acuerdos adoptados por el Patronato de la Fundación Valencia CF, relativos a los términos de la operación para la que solicita autorización". Esto significa que el Protectorado "no interviene en la decisión del comprador escogido por la Fundación del club deportivo".

El Protectorado de Fundaciones de la Generalitat Valenciana concede la autorización de un expediente de enajenación "si existe justa causa debidamente acreditada" de acuerdo con el artículo 22.2 de la Ley de Fundaciones de la Comunitat Valenciana. Por el contrario, puede denegarla cuando la contraprestación recibida en el acto de disposición o gravamen sometido a la autorización o sus condiciones no resulte equilibrada.

También se deniega cuando el acto de disposición o gravamen resulte de otro modo lesivo para los intereses de la fundación o pueda impedir la realización de sus fines, tal y como se recoge en el artículo 31.5 del Reglamento de Fundaciones.

De este modo, tras la instrucción del correspondiente expediente, de conformidad con la citada Ley de Fundaciones de la Comunitat Valenciana y del Reglamento que la desarrolla, el Protectorado "ha autorizado la enajenación de valores sin cotización en bolsa --caso de las acciones del Valencia CF SAD--, propiedad de la Fundación Valencia CF de la Comunitat Valenciana".

El expediente instruido por la Conselleria de Gobernación y Justicia incluye la ordenación de diversos trámites -elaboración de informes económico-financieros, elevación a la Comisión del Protectorado del expediente y trámite de alegaciones-.

Una vez resuelto con carácter favorable el expediente de compra-venta, el Protectorado ha resuelto también un recurso administrativo de reposición presentado por un tercero. Finalmente, como es preceptivo, ha inscrito la autorización en el Registro de Fundaciones de la Comunitat Valenciana.

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