Una juez traslada al TSJCV que Català y Císcar pudieron delinquir al denegar información a EUPV

José Císcar y María José Català
Foto: EUROPA PRESS
Actualizado: jueves, 17 septiembre 2015 14:06
av2" class="NormalTextoNoticia" itemprop="articleBody">

EUPV, satisfecha, espera que el TSJCV no demore su pronunciamiento

   VALENCIA, 17 Sep. (EUROPA PRESS) -

   La juez del juzgado de instrucción número dos de Valencia ha elevado una exposición razonada a la sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia donde informa de que puede existir una conducta constitutiva de delito en los diputados del PP María José Catalá, exconsellera de Educación y exportavoz del Consell, y José Císcar, que ejerció ese mismo cargo más el de vicepresidente y titular de Agricultura, al denegar información y documentación a determinados parlamentarios de EUPV en las Corts Valencianes en relación con la actividad desarrollada por el anterior Gobierno autonómico y la anterior legislatura.

   Así consta en un escrito de la jueza dirigido a la sala de lo Civil y Penal del TSJCV --donde llegó el 24 de julio-- en el que le da traslado de lo actuado dada la condición de diputados y, por tanto aforados, de ambos cargos del PP, por lo que es al alto tribunal valenciano al que le corresponde decidir sobre su inculpación, prisión, procesamiento, en su caso, y juicio.

   El secretario de la sala, en un escrito del pasado 1 de septiembre, une a la causa la remisión de testimonio de las diligencias previas del juzgado y tiene por personados a los ya exparlamentarios de EUPV --no lograron representación en las elecciones--, según la resolución a la que ha tenido acceso Europa Press. Asimismo, da tres días a las partes para que puedan interponer un recurso de reposición.

   En la exposición razonada, en este caso, para la jueza "cabría entender que existe una conducta de dos miembros del Gobierno Valenciano referida a la denegación de información y documentación a determinados diputados de la oposición en las Corts, que expresamente habían efectuado solicitudes de información sobre actividades del Consell y que podrían ser constitutivas del delito alegado, que según expone el ministerio fiscal, estima que los delitos vendrían cometidos por María José Catalá Verdet y José Císcar Bolufer, miembros del Consell" --en el momento de la querella--.

   En la exposición razonada se hace constar que las diligencias se iniciaron mediante querella, en ejercicio de la acción popular, interpuesta por EUPV contra los entonces miembros del Gobierno autonómico María José Català, José Císcar, Máximo Buch, Isabel Bonig y Serafín Castellano, que fue primero conseller y posteriormente delegado del Gobierno. EUPV desistió del procedimiento y se presentaron como ofendidos o perjudicados por los delitos denunciados.

   Tras las elecciones municipales y autonómicas, el juzgado recabó la certificación de la condición de los denunciados como diputados de las Corts, ahora en la oposición. Según el juzgado, recibida la documentación por parte de los órganos a los que se había solicitado, "resultó que las actuaciones denunciadas podrían tener su encaje penal" en la figura recogida en el artículo 542 del Código Penal, que establece que incurrirán en inhabilitación para empleo o cargo público de uno a cuatro años, la autoridad o el funcionario público que "a sabiendas" impida a una persona el ejercicio de otros derechos cívicos reconocidos por la Constitución.

DOCUMENTACIÓN DENEGADA

   La jueza se ha centrado en Català y Císcar. Sobre la primera, consta en la documentación que denegó el Plan para el diagnóstico y la revisión técnica de centros escolares públicos del País Valencià --por dos veces--; el informe de la inspección técnica del CEIP Hispanitat de Santa Pola; la Aprobación del gasto del contrato menor con la empresa DV-Cuatro y de la factura correspondiente al contrato menor; el Informe de la inspección sobre el CEIP Rafael Altamira del El Campello o información sobre instalaciones con fibrocemento, entre otros.

   En cuanto a la denegada por José Císcar destacan los informes trimestrales de opinión pública en el ámbito de la Comunidad Valenciana realizados por las empresas Sigma Dos S.A. y KMC Asesores, así como el contrato celebrado con la empresa GFK-Emer ad Hoc-Research S.L. con relación a estudios trimestrales de opinión pública, documentación relacionada con los cuestionarios de dichos estudios de opinión pública realizados por la empresa Simple Lógica Investigación S.A., y el contrato laboral o de alta dirección entre RTVV y Ernesto Moreno, el que fuera nombrado en noviembre de 2013 como director general del ente público.

"SATISFACCIÓN"

   La coordinadora de EUPV, Marga Sanz, ha mostrado en un comunicado su "satisfacción" por esta decisión judicial en la que denunciaron que se había violado "el derecho fundamental a la participación política y ocultar documentación y datos públicos".

   La querella fue presentada por los que fueron diputados de EUPV en las Cortes Valencianas durante la pasada legislatura, Marga Sanz, Ignacio Blanco, Marina Albiol, Lluís Torró y Esther López Barceló por la denegación por parte de los exmiembros del Consell de información que se solicitaba al amparo de lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento de las Cortes Valencianas.

   Para la coordinadora de EUPV, Marga Sanz, "se trata de una muy buena noticia ya que es la primera vez que se da la presentación de una querella criminal de este tipo y que, además, es admitida a trámite". Es más, añade, "el hecho de que incluso dé a entender que, tras lo alegado por Esquerra Unida, existe una conducta por parte de los diputados del PP que podrían ser constitutivas de delito, es una muestra más de que el anterior Consell ha estado ocultando información pública de manera consciente y mintiendo a todos los valencianos durante años".

   En este mismo sentido, Sanz ha mostrado su esperanza en que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana "no demore en el tiempo su pronunciamiento, ya que estamos convencidos de que no sólo se ha vulnerado el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana sino también la propia Constitución Española".

Leer más acerca de: